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Nota aclaratoria

Nota aclaratoria, en relación con el Anexo I de la instrucción nº 1/2019

Fecha de primera publicación: 04/11/2019

NOTA ACLARATORIA EN RELACIÓN CON EL ANEXO I DE LA INSTRUCCIÓN Nº 1/2019, DE 30 DE MAYO DE 2019, DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN Y DE LA GERENTE DE LA UPV/EHU, SOBRE GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓN MENOR EN EL ÁMBITO DE UPV/EHU

El punto 4 del apartado 1) “ÁMBITO DE APLICACIÓN” de la Instrucción nº 1/2019, de 30 de mayo de 2019, del Vicerrector de Investigación y de la Gerente de la UPV/EHU, sobre gestión de la contratación menor en el ámbito de la UPV/EHU, excluye de su ámbito de aplicación los gastos que se relacionan en su Anexo I.

El Anexo I citado señala como gasto excluido las “inscripciones a congresos, jornadas, seminarios y actividades análogas, cuando el pago se realice directamente a la organización del evento. No estarán recogidas en esta exclusión las inscripciones cuyo pago sea realizado mediante intermediarios (agencias de viajes o empresas de servicios similares)”.

En ese sentido, se debe entender que el pago se realiza directamente a la organización del evento tanto cuando se paga directamente a la persona pública o privada que oferta la actividad y que es la destinataria del gasto, como cuando se paga a otra persona física o jurídica seleccionada y designada por aquélla.

Se tramitará el correspondiente expediente de contrato menor en aquellos casos en los que sea la propia UPV/EHU la que organice congresos, jornadas, seminarios y actividades análogas a través de un tercero (salvo que se trate del supuesto recogido en el Anexo I relativo a actividades docentes realizadas por personas físicas), siempre y cuando se cumplan los requisitos del artículo 118 LCSP (expediente de contratación en contratos menores) y no se opte por alguno de los procedimientos de adjudicación previstos en la LCSP o, en su caso, cuando el contrato se realice por alguna de la empresas adjudicatarias mediante contrato basado en un acuerdo marco.