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Codirección de tesis por profesorado ajeno al programa de doctorado

Codirección de tesis por profesorado ajeno al programa de doctorado

El profesorado ajeno al programa podrá solicitar la codirección mediante escrito dirigido a la Comisión Académica del programa de doctorado.

En caso de que aporte un sexenio, será suficiente con la aprobación de la Comisión Académica del programa de doctorado. El Acuerdo de esta Comisión dando el visto bueno a la codirección será comunicado a la secretaria o secretario administrativo de la Escuela de Doctorado asignado al programa, para que actualice la información en GAUR.

En el caso de que no se aporte un sexenio, deberá presentar, junto a la solicitud de codirección, 5 contribuciones relevantes, utilizando para ello los modelos correspondientes. Para cada contribución se deberán aportar los indicios de calidad correspondientes, de conformidad con los criterios específicos aprobados por Resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) para cada uno de los campos científicos, que se encuentren vigentes en el momento de la valoración.

Una vez aprobada la codirección con las 5 contribuciones relevantes, la Comisión Académica deberá realizar la solicitud a la Escuela de Doctorado a través de la secretaría del programa de doctorado, aportando la siguiente documentación:

  • El Acuerdo de la Comisión Académica en que se aprueba la codirección.
  • Las 5 contribuciones relevantes, para su reconocimiento por la Comisión de Posgrado.
  • La solicitud de codirección del profesorado ajeno previamente dirigida a la Comisión Académica.

El profesorado evaluado positivamente por la Comisión de Posgrado con posterioridad al 5 de marzo de 2020 que solicite nuevas codirecciones pertenecientes a la misma rama de conocimiento, no tendrá que ser nuevamente evaluado por la Comisión de Posgrado, por lo que no tendrá que aportar las 5 contribuciones relevantes.