FAQs

Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué son las ENSEÑANZAS PROPIAS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA?

Enseñanzas que permiten la ampliación, especialización, perfeccionamiento y/o actualización de conocimientos. Se trata de cursos de actualización, especialización, reciclaje y ampliación de conocimientos dirigidos a la formación complementaria y continua del alumnado.

2. ¿Qué pasos hay que seguir para para la solicitud y consecución de una propuesta de Extensión Universitaria?

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Paso 1

  • Documentación: Permisos de impartición y de local/espacios
  • Presupuesto (hoja de cálculo)
  • Acuerdo y subvenciones

Paso 2

  • Rellenar formulario
  • Seleccionar el tipo de propuesta formativa
  • Adjuntar toda la documentación

Paso 3

  • Aprobación de la comisión de posgrado
  • Ratificación consejo social

Paso 4

  • Publicidad
  • Preinscripción
  • Alumnado aceptado (mínimo estimado)
  • Matrícula/Pago tasas

Paso 5

  • Impartición curso o formación
  • Evaluación/valoración
  • Feedback del curso

Paso 6

  • Entrega de la memoria final
  • Pago PDI y PAS

3. ¿Qué tipos y cuántos créditos tienen las enseñanzas propias de Extensión Universitaria?

Podrán ser enseñanzas de las siguientes modalidades:

  • Enseñanzas Extensión Universitaria y/o cursos (antiguos cursos complementarios) que permiten la ampliación, especialización, perfeccionamiento y/o actualización de conocimientos específicos. Podrán tener una extensión de hasta 60 créditos ECTS. Se denominará «Curso / Certificado de Extensión Universitaria…
  • Enseñanzas de Extensión Universitaria de formación, incluidas las dirigidas para el perfeccionamiento profesional a demanda de la empresa o cualquier otro organismo externo para la formación a lo largo de la vida profesional, que tendrán una duración máxima de 20 créditos ECTS y unos requisitos de acceso que se deberán determinar en la correspondiente propuesta de impartición. Se denominará «Extensión Universitaria de Formación ….. ».
  • Enseñanzas de Extensión Universitaria vinculadas a uno o varios grados oficiales grado oficial: están dirigidas a quien curse estudios en la titulación oficial a la que estén vinculados, tendrán una extensión comprendida entre 20 y 60 créditos ECTS y su duración estará condicionada a la del título de grado al que esté adscrito. Así mismo, la obtención de la titulación estará condicionada a la obtención del grado oficial. Se denominará «Diploma de Extensión Universitaria vinculado a la titulación de grado ….. ».
  • Módulos o materias que conforman el plan de estudios de un título propio o de un Máster Oficial podrán ofertarse como extensión universitaria, siempre y cuando tengan un número inferior a 20 créditos ECTS. Se denominará «Módulo de Extensión Universitaria asociado al título ….. ».
  • Enseñanzas propias interdisciplinares, internacionales e interuniversitarias: Programas Intensivos Combinados o Blended Intensive Programmes (BIPs), que deberán tener una extensión de entre 3 y 6 créditos ECTS, y se desarrollarán en las condiciones que se establezcan en cada convocatoria o propuesta de impartición.

4. ¿Quiénes pueden presentar propuestas de Cursos de Extensión Universitaria?

El Rector o la Rectora, Vicerrectorado competente por razón de la materia, los centros docentes (propios y adscritos), los departamentos y los institutos universitarios (propios, mixtos y adscritos), así como las instituciones que forman parte de «EHU Taldea», podrán proponer enseñanzas propias de extensión universitaria. Esta propuesta se presentará ante la Comisión competente.

En el caso de propuestas de impartición presentadas por Centros e Institutos adscritos a la UPV/EHU, les será de aplicación lo establecido en el Convenio de Adscripción o Creación de esta estructura y, junto con ello, lo establecido en el Convenio que deberán suscribir la UPV/EHU y la correspondiente entidad al efecto de fijar las condiciones de impartición y gestión de estas enseñanzas. Este convenio se tramitará y aprobará por la Comisión competente y será informado por las áreas universitarias afectadas y, en todo caso, por la Gerencia de la UPV/EHU.

En el caso de propuestas de impartición de enseñanzas propias de extensión universitaria presentadas por Instituciones de EHU Taldea les será de aplicación lo establecido en el Convenio suscrito con la UPV/EHU y, junto con ello, lo establecido en el Convenio que deberán ambas instituciones al efecto de fijar las condiciones de impartición y gestión de estas enseñanzas. Este convenio se tramitará y aprobará por la Comisión competente y será informado por las áreas universitarias afectadas y, en todo caso, por la Gerencia de la UPV/EHU.

5. ¿Qué documentación hay que presentar junto con la propuesta de impartición?

La propuesta se realizará mediante un formulario (link) adjuntando en el mismo los anexos solicitados firmados.

Entre ellos se entregará el documento firmado del acuerdo del órgano que realizará la Responsabilidad Académica, así como si el curso se celebra en un Centro de la UPV/EHU, deberá adjuntarse también el acuerdo de la Dirección del Centro a efectos, únicamente, de la utilización de Locales.

6. ¿Cuáles son los requisitos de acceso a estos cursos?

Aquellos que se determinen en la Propuesta de impartición de los mismos.

7. ¿Existe un número mínimo de alumnos/as para estos cursos?

Sí. El mínimo será de 5 estudiantes, salvo que se trate de módulos de los planes de estudio de Títulos Propios o de Másteres Oficiales, que se oferten como enseñanzas de extensión universitaria o cursos, cuyo mínimo será fijado en la correspondiente propuesta.

8. ¿Es necesaria la creación de una Comisión Académica para estos cursos?

No, las ENSEÑANZAS PROPIAS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA no presentarán propuesta de Comisión Académica, aunque siempre habrá de designarse un Responsable(s) Académico/a(s), que al menos uno deberá pertenecer a la plantilla de la UPV/EHU.

9. ¿Cómo se gestiona la matriculación del alumnado?

La matrícula de los estudiantes la gestionará, íntegramente, el órgano proponente y se realizará en el lugar y en la forma que el organizador de las enseñanzas determine. Los/as estudiantes ingresarán, el importe de la matrícula en la cuenta de la Unidad Orgánica que se establezca.

Una vez finalizada la matrícula, el o la Responsable Académico/a solicitará al servicio de contabilidad la asignación de dichos ingresos, a la que se aplicará la retención vigente en la normativa de la Universidad para esta formación.

10. ¿Es obligatoria la Memoria final del cuso?

Sí, siempre. La organización de un curso implica una propuesta y la correspondiente memoria justificativa final, ambas en modelo normalizado descargable en euskera y castellano en la página web.

La memoria final, que se remitirá a la Unidad de Enseñanzas Propias será, además, requisito indispensable para futuras reediciones, y para los correspondientes pagos por docencia.

11. ¿Cuál será la retribución al profesorado en estos cursos?

El precio por hora de docencia será el que se fije en la propuesta de impartición. El profesorado de la UPV/EHU podrá percibir ingresos con cargo de estas enseñanzas de Extensión universitaria, sin embargo, en el caso de las enseñanzas de Extensión Universitaria que formen parte del plan de estudios de un Grado / Máster Oficial, no podrá, en ningún caso, remunerarse esta docencia al profesorado de la Universidad del País Vasco, ya que la misma forma parte del encargo docente.

12. ¿Cómo se realizará el pago a los docentes de la UPV/EHU?

Los pagos a personal de la UPV/EHU, derivados de la colaboración en la impartición del curso y gestión administrativa, se realizarán a través de nómina de acuerdo a la normativa específica vigente.

13. ¿Cuál es la forma de pago al profesorado ajeno a la UPV/EHU?

Los pagos a personal docente ajeno a la UPV/EHU se realizarán aplicando la retención a cuenta del IRPF que esté vigente en el momento.

14. ¿Se expide algún tipo de título o certificado a la finalización del curso?

Las enseñanzas, cursos y seminarios de la Universidad, darán lugar a un "Certificado" siempre y cuando se cumpla con la asistencia y/o superen con los criterios de evaluación solicitado en cada proceso formativo.

Estos certificados serán expedidos por la Dirección de la Unidad de Estudios de Postgrado y Formación Continua, pudiendo ser coexpedidos junto a los organismos o Instituciones coparticipantes y causarán constancia registral en dicha Dirección. La expedición por la UPV/EHU de los certificados llevará consigo el abono de las tarifas que apruebe el Consejo Social para cada año académico.

15. ¿Se pueden suscribir convenios de colaboración con Empresas o Instituciones?

Sí, podrán suscribirse convenios para la realización de prácticas de estudiantes, financiación, uso de locales y cualquier otro que se considere conveniente.

Estos deberán ajustarse al contenido de los modelos que se establezcan a tal efecto, y, aquellos que sean de financiación y/o de uso de locales se tendrán que presentar, de forma conjunta, con la propuesta de impartición del curso.

Es competencia de la Subcomisión de Doctorado la aprobación de dichos convenios. Una vez autorizados, serán firmados por el/la representante del órgano o de la estructura universitaria proponente de los estudios, aunque, excepcionalmente, podrá autorizarse, por este mismo órgano, al profesor/a responsable del título para la firma del convenio.