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Protección de la maternidad

La seguridad y la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en periodo de lactancia esta recogida en varias normas. Así, en la ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, en su artículo 26, determina que la evaluación de riesgos deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico.

El Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Lo que pretende esta ley es facilitar la evaluación de riesgos, sin que ello suponga una regresión respecto a las cotas de seguridad ya alcanzadas.

El anexo I, contiene lista no exhaustiva de agentes, procedimientos y condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en la salud de las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia natural, del feto o del niño durante el período de lactancia natural.

El anexo II, contiene lista no exhaustiva de agentes y condiciones de trabajo a los cuales no podrá haber riesgo de exposición por parte de trabajadoras embarazadas o en período de lactancia natural.

Lea atentamente las siguientes frases R y H:

  • Tóxico para la reproducción: R60, R61, R62, R63, H360, H361, H362.
  • Alteraciones genéticas: R46, H340.
  • Efectos irreversibles: R68, H341.
  • Puede causar cancer: R45, H350, H351.
  • Puede causar cancer por inhalación: R49, H350, H351.
  • Posibles efectos cancerígenos: R40, H350, H351.

Notificación de embarazo

Si usted está embarazada comuníquelo al servicio de prevención rellenando el siguiente formulario.

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Notificar embarazo