Sobre la revista

Proceso de evaluación por pares

Evaluación inicial
La dirección de la revista examinará todos los artículos que le sean remitidos, determinando si el artículo se ajusta a los objetivos editoriales y a la temática de la revista, así como a los requerimientos señalados en las normas para remisión de artículos, y si presenta el mínimo interés científico, para decidir su paso a la revisión, lo que se comunicará a los/as autores/as en el plazo máximo de 15 días desde el cierre del plazo para el envío de artículos.

Evaluación anónima

Si la evaluación inicial es favorable, la revista enviará el artículo a una o varias personas especialistas en la materia para que proceda a una evaluación anónima (sistema de doble ciego), que deberá estar motivada, siguiendo el modelo de hoja de evaluación de la revista. El plazo previsto para la elaboración y envío de los correspondientes informes de evaluación se establece en un máximo de 20 días.

La revista permite que los/as autores/as propongan a una o varias personas especialistas en la materia con el fin de que sea tenida en cuenta a la hora de solicitar la evaluación del trabajo, que en todo caso seguirá siendo anónima. En cualquier caso, se tratará de propuestas no vinculantes, correspondiendo a la dirección de la revista la determinación de las personas evaluadoras.

Tras la recepción de los correspondientes informes, tomando como base su contenido y el criterio de las personas evaluadoras, el consejo de redacción decidirá sobre la publicación del trabajo. Si los informes recibidos divergen sustancialmente, la revista decidirá sobre su publicación, pudiendo solicitar una nueva evaluación anónima a una tercera persona.

La revista informará a los/as autores/as de la aceptación o no de los mismos, requiriendo, en su caso, que se atienda a las modificaciones recomendadas, e indicando las razones para su aceptación, revisión o rechazo.

Corrección de pruebas

Los/as autores/as de los artículos aceptados para su publicación podrán ser requeridos para la corrección de pruebas de imprenta, que habrán de ser devueltas en el plazo establecido, no superior a 10 días. No se permitirá la introducción de cambios sustanciales, debiendo limitarse a la corrección de errores con respecto de la versión aceptada.

Política de acceso abierto

GIZAEKOA – Revista Vasca de Economía Social sarrera irekiko aldizkaria da, eta Creative Commons (CC BY) lizentziak aplikatzen ditu bere artikuluetan. Beraz, berehalako sarbidea ematen du, murrizketarik gabe eta doan edukirako; erabiltzaileek eskubidea dute beren artikuluen testu osoak irakurri, deskargatu, kopiatu, banatu, inprimatu, bilatu eta lotzeko.

Funts publikoekin finantzatutako ikerketa doan izatea eskatzen dugu, horrek ezagutza globalaren hedapen zabalagoa sustatzen duenaren ustean.

Secciones

La revista cuenta con distintas secciones que serán variables en los distintos números, manteniendo en todo caso la presentación del ejemplar por la dirección de la revista, y la sección de artículos científicos, sección principal de todos los números. Además, podrá contener otras secciones como ponencias de jornadas, comentarios de jurisprudencia y de laudos arbitrales, referencias bibliográficas, notas y comentarios y noticias.

Política para detectar fraude

En caso de duda o sospecha de plagio o alto grado de similitud con textos preexistentes, la dirección de GizarteEkonomiarenEuskalAldizkaria – Revista Vasca de Economía Social se reserva el derecho de aplicar a los textos recibidos el programa “SimilarityCheck” para la detección del grado exacto de similitud y coincidencias.

Código de Buenas Prácticas

El desarrollo y buen funcionamiento de las revistas científicas ha venido acompañado de la creciente tendencia de algunas revistas de excelencia a hacer públicas tanto las normas de publicación como su Código de Buenas Prácticas, que garantice un comportamiento ético en el funcionamiento interno de los equipos editoriales, en sus relaciones con las personas autoras y evaluadoras, y en los procesos de evaluación y edición. A escala internacional, el CommitteonPublicationEthics(COPE) trabaja para ayudar a los comités editoriales de revistas científicas a mantener comportamientos apropiados y a perseguir las malas prácticas. En este contexto, y tomando en cuenta las principales recomendaciones internacionales, GizarteEkonomiarenEuskalAldizkaria – Revista Vasca de Economía Social considera necesaria la publicación de un código de buenas prácticas, con el fin de hacer más transparente y previsible el funcionamiento interno de nuestro Consejo Editorial. Creemos que ello contribuirá́ a mejorar nuestros procesos editoriales y también a prevenir y regular la resolución de los conflictos de intereses que inevitablemente surgen en estos procesos.

1.De los objetivos del Código de Buenas Prácticas

1. Adecuar las prácticas editoriales a las recomendaciones de los principales organismos e instituciones de referencia en el control de la calidad de las revistas (COPE, DOAJ, FECYT, REDIB).

2. Sistematizar y hacer públicos los criterios editoriales seguidos por la revista, especialmente en lo referido a posibles conflictos de intereses.

3. Incrementar la transparencia en la toma de decisiones de la revista, tanto en lo que respecta al interior del Consejo como en las relaciones con las personas autoras y revisoras.

 2. De la Dirección y el Consejo Editorial:

Tanto la Dirección como los y las miembros del Consejo Editorial deberán:

-       Buscar de manera activa la mejora de la calidad de la revista en todos los aspectos, tanto científicos como editoriales.

-       Establecer medios para conocer la opinión que tienen sobre la revista las personas autoras, lectoras y evaluadoras e introducir las mejoras que se consideren apropiadas.

-       Mantener una confidencialidad absoluta sobre los materiales recibidos y sobre las discusiones en los procesos de toma de decisión.

-       Poner en marcha iniciativas para promover los comportamientos éticos en la investigación y en la publicación de trabajos y establecer procesos para denunciar y penalizar conductas inapropiadas (plagio, doble envío de manuscritos, manipulación de datos, citas erróneas o inadecuadas...).

-       Promover medidas que favorezcan la igualdad en la investigación y en la publicación de trabajos, frente a las distintas discriminaciones directas o indirectas que puedan existir por motivo de género, orientación sexual, raza, nacimiento, discapacidad o cualesquiera otras condiciones circunstancias personales o sociales.

-       Poner los intereses de la revista por encima de los intereses personales en caso de conflictos de intereses.

3. De las decisiones dentro del Consejo Editorial

Los y las miembros del Consejo que hayan invitado o sugerido a una persona investigadora enviar su trabajo a la revista deben comunicarlo a la Dirección y al resto del Consejo.

Al recibirse un artículo, los y las miembros del Consejo que consideren que su opinión sobre el trabajo (por su autor o temática) puede estar influida (positiva o negativamente) por sus propios intereses, deben comunicarlo a la Dirección, y abstenerse en la toma de decisiones que afecten a dicho artículo. Es tarea de la Dirección y del resto de miembros del Consejo vigilar para que no se produzcan evaluaciones donde se pueda incurrir en un posible conflicto de intereses.

Las decisiones del Consejo Editorial se basan en la calidad, la relevancia del trabajo y su aportación científica y social, así como su adecuación a las normas para la remisión de originales de la revista, evitando cualquier otro juicio de valor que no tenga que ver con esos criterios.

Los libros a reseñar por la revista son seleccionados atendiendo a criterios de interés, calidad y relevancia de los mismos.

 4. Del proceso de evaluación

El proceso de evaluación es doble ciego y por tanto se mantiene siempre la confidencialidad de las personas autoras y revisoras evaluadoras. Siempre se seleccionan personas revisoras externas que son expertas en el tema objeto del trabajo o en la metodología seguida por el mismo y que no presentan conflictos de intereses con las personas autoras. En caso de contar con dos opiniones contradictorias de dos personas evaluadoras se recurrirá a una tercera. Las objeciones alegadas por las personas autoras para que determinadas personas actúen como revisoras de su trabajo son analizadas cuidadosamente y si están bien razonadas se respetan.

 5. De la relación con las personas evaluadoras

El Consejo Editorial da a las personas evaluadoras una guía de los aspectos sobre los que le interesa recabar su opinión. Se pide a las personas evaluadoras que mantengan una posición objetiva y que desistan de evaluar el trabajo si consideran que hay conflictos de intereses. Se pide a las personas evaluadoras confidencialidad absoluta, y que se abstengan de difundir o comentar los trabajos recibidos para su evaluación. Se pide a las personas evaluadoras que expresen sus ideas con la máxima claridad posible, utilizando los argumentos y las citas necesarias para defender sus posturas críticas. Se les solicita también que vigilen los aspectos éticos del trabajo (plagio, etc). Se les pide igualmente que eviten críticas ofensivas y de carácter personal. La revista evalúa periódicamente su lista de personas revisoras, eliminando de la misma a aquellas personas que no hayan cumplido correctamente con sus funciones.

 6. De la relación con las personas autoras

Se recuerda a las personas autoras que la autoría de un trabajo científico debe estar estrictamente limitada a las personas que hagan contribuciones sustanciales a la investigación.

Las personas autoras, al enviar sus manuscritos, deben hacer explícitos obligatoriamente los posibles conflictos de intereses que su texto pueda generar. Se recuerda a las personas autoras que deben reconocer sus deudas científicas y en particular la procedencia de sus ideas, metodologías, fuentes, etc. de manera clara, para que las personas lectoras puedan consultar las mismas y contrastar, si lo consideran necesario, el uso que se ha hecho de ellas.

 7. De las quejas y la resolución de conflictos

La Dirección se compromete a responder con rapidez y de manera razonada a cualquier queja que se considere pertinente, ya provenga de personas autoras, evaluadoras o lectoras. En caso de conflictos graves la Dirección someterá el problema a discusión por parte del Consejo Editorial, y tanto la decisión como la respuesta serán colegiadas. A la hora de dirimir conflictos de intereses concretos, se seguirá́ en lo posible las directrices marcadas por el COPE (CommitteonPublicationEthics, http://publicationethics.org/). 

Cualquier consulta al respecto debe dirigirse a gezki@ehu.eus

Fecha de esta edición del Código: 2020/05/11

 

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  • Dirección de Economía Social del Departamento de Empleo y Justicia del Gobierno Vasco