PROFESIONES_REGULADAS

PROFESIONES REGULADAS

PSICOLOGÍA CLÍNICA

Título oficial de especialista en Psicología Clínica (BOE):

El artículo 21 de la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias, establece el procedimiento para aprobar los programas formativos de las especialidades sanitarias en ciencias de la salud. La Comisión Nacional de la Especialidad de Psicología Clínica ha elaborado el programa formativo de  dicha especialidad, ratificado por el Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, órgano asesor de los Ministerios de Sanidad y Política Social y de Educación.

En el siguiente enlace puede consultarse la definición, perfil y competencias de la especialidad de psicología clínica, así como el programa formativo: http://www.boe.es/boe/dias/1998/12/02/pdfs/A39538-39542.pdf

El Consejo General de la Psicología en España, ofrece información  relativa a la especialidad de Psicología Clínica: http://www.cop.es/index.php?page=especialidad-clinica

PSICOLOGIA GENERAL SANITARIA

Legislación:

  • El 29 de Marzo de 2011, la ley de economía social, en su disposición adicional sexta alude al ejercicio de actividades sanitarias por licenciados/graduados en psicología. Se establece que, en el plazo de 12 meses deberá regularse la actividad de la Psicología Sanitaria y el acceso a dicha profesión. Se establece un procedimiento transitorio hasta la entrada en vigor de esa ley. http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/30/pdfs/BOE-A-2011-5708.pdf
  • El 4 de Octubre de 2011, la Ley General de Salud Pública establece la regulación de la psicología en el ámbito sanitario y regula las vías de acceso a la profesión mediante un Máster (PGS). Se establece que, el Gobierno, en el plazo de 6 meses, establecerá las condiciones generales de los planes de estudio del Máster PGS. Se establece que el procedimiento transitorio previsto en la ley anterior tendrá una vigencia de 3 años a partir de la presente ley. Es decir culmina el 4 de Octubre de 2014. http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/05/pdfs/BOE-A-2011-15623.pdf
  • El 4 de Junio de 2013 se publica en BOE el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se establecen las condiciones de los planes de estudio de Máster en PGS que habilite al ejercicio de la profesión. http://www.boe.es/boe/dias/2013/06/04/pdfs/BOE-A-2013-5872.pdf
  • El 14 de Junio de 2014 se publica la orden  por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos de Máster de PGS. http://www.boe.es/boe/dias/2013/06/14/pdfs/BOE-A-2013-6412.pdf

 

Objetivos y perfil profesional del PGS:

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional séptima de la ley 33/2001, de 4 de Octubre, General de Salud pública: "Tendrá la consideración de profesión sanitaria titulada y regulada con la denominación de Psicólogo General Sanitario de nivel licenciado/graduado, en los términos previstos en el artículo 2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, los licenciados/graduados en Psicología cuando desarrollen su actividad profesional por cuenta propia o ajena en el sector sanitario, siempre que, además del mencionado título universitario ostenten el título oficial de Máster en Psicología General Sanitaria, cuyos planes de estudio se ajustarán, cualquiera que sea la universidad que los imparta, a las condiciones generales que establezca el Gobierno al amparo de lo previsto en el artículo 15.4 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, corresponde al Psicólogo General Sanitario, la realización de investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención especializada por parte de otros profesionales sanitarios".

Preguntas y respuestas sobre la regulación de la Psicología Sanitaria (INFOCOP):