Euskal Herriko Unibertsitatea (EHU) recurrirá la decisión adoptada por varios juzgados de no tener en cuenta la calificación de Euskera y Literatura II en el cálculo de la nota de acceso y de admisión a la universidad de las personas recurrentes.
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La EHU recurrirá la decisión de los jueces sobre la PAU
La universidad pública considera que los autos dejan en una situación de desprotección al resto del estudiantado que ha realizado la PAU y vulneran el principio de igualdad
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Fecha de primera publicación: 30/06/2026
La resolución judicial establece que "no sean tenidas en cuenta, o queden en suspenso, a los efectos de cálculo de la nota de acceso y de admisión, y por ende de los procedimientos de preinscripción, adjudicación de plazas y matrícula" de las personas que han acudido a los juzgados. Asimismo, el auto requiere a la EHU "la reserva de la plaza correspondiente mientras se sustancia el recurso".
Esta medida cautelar resulta de imposible cumplimiento. La universidad pública no hace reserva de plazas al margen del procedimiento general de acceso, ya que la adjudicación de las plazas universitarias se realiza exclusivamente en función de la nota de acceso y del número de plazas ofertadas para cada titulación, respetando estrictamente el orden de prelación de todas las personas aspirantes. Reservar una plaza a una persona concreta al margen de ese procedimiento e independientemente de su calificación, supondría alterar el sistema de acceso y afectar a los derechos del resto del estudiantado.
La EHU no comparte la decisión adoptada por los juzgados en torno a las medidas cautelarísimas y presentará el correspondiente recurso. El propio auto señala que "las medidas cautelares tienen como finalidad que no resulten irreparables las consecuencias derivadas de la duración del proceso". Sin embargo, la Universidad considera que el cumplimiento de estas medidas cautelares podría generar precisamente un perjuicio irreparable para el resto del estudiantado que ha realizado la PAU conforme a las mismas reglas y cuyos derechos deben ser igualmente protegidos. Alterar el procedimiento ordinario de adjudicación de plazas supondría situar en una posición de desprotección al conjunto de las personas aspirantes y quebrar el principio de igualdad que debe regir el acceso a la universidad pública.
La EHU ha actuado en todo momento conforme a la normativa vigente y ha aplicado estrictamente lo establecido en el Real Decreto 534/2024, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado. La propia norma dispone que, en las comunidades autónomas con dos lenguas oficiales, el alumnado debe acreditar las competencias lingüísticas en ambas lenguas como parte de la prueba de acceso, motivo por el que la calificación de Euskera y Literatura II forma parte del cálculo de la nota de acceso y admisión en los términos previstos por la legislación estatal.