Karlos Santamaria eta haren idazlanak

 

El hombre ¿todo o parte?

 

    Antes de entrar en este problema, que constituye, a mi juicio, el nudo gordiano del problema personalista del Bien Común, tenemos que dar un pequeño rodeo, un rodeo terminológico, para desvanecer sus apariencias contradictorias. La doble afirmación —el hombre es parte de la sociedad, el hombre es un todo subsistente— ¿no encierra en sí misma una contradicción demasiado clara, demasiado patente, para que podamos seguir por este camino? Porque parece, en efecto, que la noción de parte excluye a la noción de todo subsistente. ¿Cómo puede, pues, decirse que el hombre es parte y, al mismo tiempo, que el hombre es un todo subsistente?

    Esta primera dificultad, planteada de esta manera, se resuelve fácilmente no bien se considera y distingue el sentido pleno y el sentido analógico de las palabras todo y parte.

    En efecto: el concepto de subsistencia implica, en sentido pleno, el ser en razón de sí y el de parte en ser razón del todo. El ser substante existe, «per se», en razón de su propia esencia; la parte, en cambio, existe «per alliud», en razón del todo. De aquí que las partes, como los accidentes —aunque por motivos distintos— no son substancias primeras. La mano, por ejemplo, existe en razón del cuerpo. Separada del cuerpo ya no es propiamente una mano. Será, quizá, un conjunto de células y de tejidos organizados, pero no una mano en el sentido propio de la palabra.

    Subsistente llamamos —dice Santo Tomás— a lo que existe en sí y no en otro. En su sentido abstracto —porque también se usa en sentido concreto— la palabra subsistencia expresa la perfección hipostática, aquella propiedad en virtud de la cual un ser es completo, no necesita ser comunicado a otro para ser, obrar y ser explicado. Tal definición excluye, pues, manifiestamente, a la noción de parte y a la noción de accidente.

    Claro está que esta «perseidad» que se predica de la persona y aún de todo substancia primera, no debe ser confundida con la «aseidad». Una cosa es el ser «per se», ser que existe en razón de su propia esencia, y otra muy distinta el ser «a se», es decir, el ser que existe «de por sí», con independencia de cualquier causa. Atribuir a la persona una completa independencia respecto de toda causa eficiente y final, como hace la moral existencialista, equivale a concederla esa facultad divina sólo atribuible a Dios, causa primera en sí misma incausada, de cuanto existe. Dios existe «a se»; las substancias existen «per se»; las partes existe «per alliud».

    En resumen, los conceptos de sustancia y parte tomados en sentido estricto se contradicen y se excluyen. Si afirmamos, pues, que el hombre es persona es decir, una subsistente racional, le atribuimos una cualidad incompatible con la noción de parte. Esto es evidente cuando se toman las palabras en sentido estricto; pero, ¿ocurre lo propio cuando se toman en sentido analógico? O dicho de otro modo: la frase «ratio partis contrariatur personae» —la noción de parte se opone a la de persona— ¿es legítimo aplicarla al caso del hombre y del Estado? Cuando se trata del hombre y el Estado ¿es legítimo rechazar la noción de parte, citando, al efecto, esta frase de Santo Tomás?

 

Sentido estricto y sentido analógico de una frase

 

    Es claro que Santo Tomás da, en este caso, un sentido estricto a las palabras. El propio Maritain reconoce que Santo Tomás, en este pasaje, se refiere al compuesto humano: trata de probar que el alma no es persona y, para ello, se funda en que es parte del ser humano. También en otros pasajes del Aquinense se encuentra esta misma idea. Por ejemplo, en la cuestión 29 de la primera parte de la «Summa», dice Santo Tomás que «al alma no se la puede llamar substancia porque es una parte del hombre y no siendo sustancia tampoco puede convenirle el nombre de persona». Está claro, pues, lo que Santo Tomás quiere decir en este párrafo: el alma es parte, luego no es substancia; no es substancia, luego no es persona. Sentido estricto, no analógico.

    Pero la cuestión se complica enormemente cuando se trata de aplicar la frase «ratio partis» en un sentido analógico al caso de la persona y el Estado. Los contradictores de Maritain niegan la legitimidad de este empleo. Maritain, en cambio, la afirma, no en nombre de la letra, claro está, sino en nombre del espíritu.

    Y así dice Maritain que «para quien tenga un conocimiento suficientemente profundo, la frase «ratio partis...» posee un valor completamente general que se aplica, analógicamente, según los casos».

    Ahora bien: si esto es así, si la frase en cuestión es válida también en sentido analógico —que es, precisamente, el punto discutible en este asunto— tendremos que preguntarnos cómo hay que interpretar analógicamente, los numerosos pasajes de Santo Tomás, en los que éste afirma que el hombre es parte de la sociedad política, que se halla con ésta en relación de una parte con el todo y que debe sacrificarse, como la mano se sacrifica, «sin deliberar» para parar el golpe, a fin de que el todo sea conservado. Y éste es el objeto principal de nuestras reflexiones en este momento.

    Pero ello nos lleva, por de pronto, a otra cuestión interesante que debemos puntualizar en seguida, y que es la de la unidad del todo social.

 

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