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Contenido de XSL

Régimen Jurídico de la Seguridad Privada26199

Centro
Facultad de Derecho
Titulación
Grado en Criminología
Curso académico
2023/24
Curso
3
Nº Créditos
4.5
Idiomas
Castellano
Código
26199

DocenciaAlternar navegación

Distribución de horas por tipo de enseñanza
Tipo de docenciaHoras de docencia presencialHoras de actividad no presencial del alumno/a
Magistral31.547.25
P. de Aula13.520.25

Guía docenteAlternar navegación

Descripción y Contextualización de la AsignaturaAlternar navegación

La asignatura "Régimen Jurídico de la Seguridad Privada" es una asignatura optativa que se imparte en el tercer curso del Grado de Criminología. Al tratarse de una rama o materia específica del Derecho Administrativo, se recomienda el conocimiento de los contenidos básicos y fundamentales que se imparten en la asignatura "Derecho Administrativo I", en el primer curso del Grado de Criminología.

Competencias/ Resultados de aprendizaje de la asignaturaAlternar navegación

La seguridad es un valor jurídico, normativo, político y social. Constituye uno de los pilares básicos de la convivencia social ya que se encuentra en la base de la libertad e igualdad de los individuos. El Derecho de la seguridad, por su parte, es una rama específica del Derecho Administrativo, cuyo objeto es el estudio de la actividad de seguridad, tanto pública (ejercida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en régimen de monopolio) como privada (ejercida por agentes privados). Ahora bien, en el actual modelo de seguridad no existe una seguridad privada versus una seguridad pública; lo que existe son unas actividades que prestan determinadas empresas y personal privados, pero que se consideran parte integrante de la seguridad pública. Por tanto, si en la presente asignatura pretendemos analizar el régimen jurídico de la seguridad privada, inevitablemente debemos abordar, de forma previa, las cuestiones principales en materia de seguridad pública.

Contenidos teórico-prácticosAlternar navegación



0. PLANTEAMIENTO GENERAL: DERECHO DE LA SEGURIDAD.

SEGURIDAD PÚBLICA-SEGURIDAD PRIVADA.



I. SEGURIDAD PÚBLICA.



TEMA 1º. DELIMITACIÓN CONSTITUCIONAL Y MARCO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA.

1. APROXIMACIÓN AL CONCEPTO DE SEGURIDAD PÚBLICA. 2. LA SEGURIDAD PÚBLICA EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL. 3. DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA. 4. MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.



TEMA 2º. ASPECTOS ORGANIZATIVOS DE LA SEGURIDAD PÚBLICA.

1. AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA. 2. FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD: MODELOS POLICIALES.



TEMA 3º. LA ACCIÓN E INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.

1. LA ACCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA. 2. LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA: INTERVENCIONES ADMINISTRATIVAS TÍPICAS.



II. SEGURIDAD PRIVADA.



TEMA 4º. APROXIMACIÓN AL CONCEPTO DE SEGURIDAD PRIVADA Y CONFIGURACIÓN DEL MARCO JURÍDICO ACTUAL.

1. LA NOCIÓN DE SEGURIDAD PRIVADA. 2. LA RELACIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA CON LA SEGURIDAD PÚBLICA. 3. MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE SEGURIDAD PRIVADA.



TEMA 5º. ACTIVIDADES, FUNCIONES Y SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA.

1. DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE SEGURIDAD PRIVADA: LOS DESPACHOS DE DETECTIVES PRIVADOS. 2. DESARROLLO DE FUNCIONES DE SEGURIDAD PRIVADA: EL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA. 3. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA.



TEMA 6º. CONTROL ADMINISTRATIVO EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD PRIVADA.

1. LA ACTIVIDAD DE CONTROL. 2. LOS INSTRUMENTOS DE CONTROL.



TEMA 7º. RÉGIMEN SANCIONADOR EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD PRIVADA.

1. LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN: CONSIDERACIONES GENERALES. 2. LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD PRIVADA.





*El temario detallado de la asignatura se publicará en eGELA https://egela.ehu.eus/ (véase la "Guía del Estudiante")



MetodologíaAlternar navegación

En las clases magistrales se expondrán con detalle todos los contenidos teórico-prácticos que se relacionan en el apartado anterior.



En las prácticas de aula, el alumnado, de manera individual, podrá materializar los resultados del aprendizaje de los referidos contenidos, a través de la realización y resolución de casos prácticos de carácter jurídico, de contenido diverso.

Sistemas de evaluaciónAlternar navegación

  • Sistema de Evaluación Final
  • Herramientas y porcentajes de calificación:
    • Prueba escrita a desarrollar (%): 70
    • Realización de prácticas (ejercicios, casos o problemas) (%): 30

Convocatoria Ordinaria: Orientaciones y RenunciaAlternar navegación

Con carácter general*, única y exclusivamente evaluación final.



El 100% de la calificación provendrá de la realización de un examen escrito final teórico-práctico, de desarrollo, cuya ponderación será la siguiente:

- La parte teórica del examen: supondrá el 70% del examen final.

- La parte práctica del examen: supondrá el 30% del examen final.



Los contenidos objeto de examen serán los expuestos (por la profesora) en las clases magistrales y en las prácticas de aula, así como los analizados (por el alumnado) a través de determinados trabajos.



Para aprobar la asignatura deberá obtenerse al menos el 50% de los puntos de cada una de las dos partes del examen.



*OBSERVACIONES:



Sin perjuicio de lo establecido con carácter general, siempre y cuando el alumnado haya asistido a "la TOTALIDAD de las CLASES PRESENCIALES" (magistrales y prácticas de aula) —salvo en los casos de enfermedad debidamente acreditados—, se podrán utilizar otras herramientas de evaluación y/u otros porcentajes de calificación. De un total de 45 horas de clase (divididas en clases magistrales y en prácticas de aula), “la TOTALIDAD de las CLASES PRESENCIALES” serán todas aquellas que la profesora considere necesarias para exponer/explicar el temario y corregir las prácticas de aula. Para la acreditación de la citada asistencia se la profesora utilizará los mecanismos pertinentes al afecto. Al tratarse de una asignatura optativa (es decir, elegida voluntariamente por el alumnado matriculado en la asignatura) LA ASISTENCIA A LAS CLASES PRESENCIALES ES OBLIGATORIA; se debe acudir al %100 de las clases, salvo en los casos de enfermedad debidamente acreditados (justificante médico/del centro de salud). Las restantes causas (por ejemplo, motivos laborales), sin perjuicio de que puedan ser lícitas, no tienen cabida a estos efectos y, por tanto, no se admite justificación alguna al respecto (es decir, como causa de justificación de eventuales faltas de asistencia a clase).

Convocatoria Extraordinaria: Orientaciones y RenunciaAlternar navegación

Única y exclusivamente evaluación final.



El 100% de la calificación provendrá de la realización de un examen escrito final teórico-práctico, de desarrollo, cuya ponderación será la siguiente:

- La parte teórica del examen: supondrá el 70% del examen final.

- La parte práctica del examen: supondrá el 30% del examen final.



Los contenidos objeto de examen serán los expuestos (por la profesora) en las clases magistrales y en las prácticas de aula, así como los analizados (por el alumnado) a través de determinados trabajos.



Para aprobar la asignatura deberá obtenerse al menos el 50% de los puntos de cada una de las dos partes del examen.



**NOTA IMPORTANTE: toda adaptación por la COVID, llegado el momento, se publicará en eGELA.

Materiales de uso obligatorioAlternar navegación

Al tratarse de una asignatura jurídica, la legislación es un material de uso obligatorio. Se publicará en eGELA una selección de la normativa básica en materia de Seguridad (tanto pública como privada). Véase el apartado relativo a la bibliografía básica.

BibliografíaAlternar navegación

Bibliografía básica

LEGISLACIÓN.



General (selección de las de mayor relevancia):



-Constitución Española (1978).

-Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Euskadi.

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.



Específica (selección de las de mayor relevancia):



-Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

-Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

-Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

-Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Policía de Euskadi-Ertzaintza.

-Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi.

-Decreto 207/2014, de 21 de octubre, de regulación del ejercicio de competencias de la Comunidad

Autónoma de Euskadi en materia de seguridad privada.

-Decreto 58/2015, de 5 de mayo, por el que se establecen las normas marco aplicables a la

organización y funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local de Euskadi.





JURISPRUDENCIA.



-Tribunal Constitucional http://www.tribunalconstitucional.es

-Poder Judicial (TS, AN, TSJ, AP) http://www.poderjudicial.es

-Tribunal de Justicia de la UE http://curia.europa.eu

-Tribunal Europeo de Derechos Humanos http://www.echr.coe.int

Bibliografía de profundización

AGIRREAZKUENAGA ZIGORRAGA I.,
-La coacción administrativa directa, IVAP-Civitas, 1990.
-El Acto Administrativo no procedimentalizado, Cuadernos de Derecho Judicial, Publicaciones del CGPJ, Madrid, 1993.
-Contexto de la ley de seguridad ciudadana: análisis jurídico de los controles de identidad “voluntas legis” e interpretación jurisprudencial del Tribunal Constitucional, Revista Vasca de Administración Pública nº 38, 1994.
-Las competencias estatales y autonómicas en materia de seguridad pública y privada. ¿Se opera algún cambio con el nuevo estatuto para Cataluña?, Revista catalana de seguridad pública nº 16, 2006.

AGIRREAZKUENAGA ZIGORRAGA, I. y AURTENETXE GOIRIENA, J.L., Reflexiones sobre el modelo policial vasco, Revista Vasca de Administración Pública nº 56, 2000.

AGIRREAZKUENAGA ZIGORRAGA I. y ARTETXE PALOMAR, E., El orden y la seguridad pública, Obra colectiva de IUStel.com, Portal Derecho S.A., publicación electrónica en línea en: http://www.iustel.com, 2001.

AGUADO i CUDOLÀ, V., Derecho de la Seguridad pública y privada, Thomson-Aranzadi, 2007.

IZQUIERDO CARRASCO, M.,
-La seguridad privada. Régimen jurídico-administrativo, Lex Nova, 2004.
-Aspectos del dilema seguridad pública-seguridad privada: reparto de funciones, en “Seguridad pública-seguridad privada ¿dilema o concurrencia?, Ed. Fundación Policía Española, 2009.

PACHECO MARTÍN,P. Régimen jurídico administrativo de la seguridad privada en España, Tesis Doctoral-Universidad de Málaga, 2006. En línea en http://riuma.uma.es/xmlui/bitstream/handle/10630/4723/TDR_PACHECO_MARTIN.pdf?sequence=6

Revistas

-RAP (Revista Administración Pública)
http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectronicas?IDR=1
-RVAP (Revista Vasca Administración Pública)
https://www.ivap.euskadi.eus/revap-presentacion/z16-a3rvap/es/
-SEGURITECNIA
http://www.seguritecnia.es/

Direcciones web

Generales:
- GOBIERNO DE ESPAÑA http://www.lamoncloa.gob.es
- GOBIERNO VASCO http://euskadi.eus
- UNION EUROPEA http://www.eu.int
- BOE http://www.boe.es y http://www.boe.es/legislacion/codigos
- BOPV http://www.euskadi.eus/bopv
- DOUE http://eur-lex.europa.eu

Específicas:
- MINISTERIO DEL INTERIOR http://www.interior.gob.es
- DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-seguridad
- CUERPO NACIONAL DE POLICÍA http://www.policia.es
- GUARDIA CIVIL http://www.guardiacivil.es
- ERTZAINTZA http://www.ertzaintza.eus

Tribunal de convocatorias 5ª, 6ª y excepcionalAlternar navegación

  • AGIRREAZKUENAGA ZIGORRAGA, IÑAKI
  • AGOUES MENDIZABAL, MARIA CARMEN
  • PRIETO ETXANO, EUNATE

GruposAlternar navegación

16 Teórico (Castellano - Tarde)Mostrar/ocultar subpáginas

Calendario
SemanasLunesMartesMiércolesJuevesViernes
1-4

18:30-19:30 (1)

17:30-19:30 (2)

5-13

17:30-19:30 (3)

14-14

17:30-18:30 (4)

15-15

17:30-18:00 (5)

Profesorado

Aula(s) impartición

  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (1)
  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (2)
  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (3)
  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (4)
  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (5)

16 P. de Aula-1 (Castellano - Tarde)Mostrar/ocultar subpáginas

Calendario
SemanasLunesMartesMiércolesJuevesViernes
5-13

19:30-20:30 (1)

14-14

18:30-20:30 (2)

15-15

18:00-20:30 (3)

Profesorado

Aula(s) impartición

  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (1)
  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (2)
  • PARANINFO Demetrio Loperena - FACULTAD DE DERECHO (3)