Programa de préstamo temporal de ordenadores portátiles.

Programa de préstamo temporal de ordenadores portátiles.

RESOLUCIÓN del Vicerrector de Estudiantes y Compromiso Social, por la que se amplían las ayudas reintegrables para la continuidad académica del curso 2024/2025 con un programa de préstamo temporal de ordenadores portátiles.

RESOLUCIÓN del Vicerrector de Estudiantes y Compromiso Social, por la que se amplían las ayudas reintegrables para la continuidad académica del curso 2024/2025 con un programa de préstamo temporal de ordenadores portátiles.

VISTO  

Las Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas reintegrables para la continuidad académica del curso 2024/2025, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU. 

CONSIDERANDO 

1. Que el acceso a recursos tecnológicos resulta esencial para el adecuado desarrollo de las actividades académicas en la UPV/EHU. 

2. Que los estudiantes beneficiarios de las ayudas reintegrables pueden carecer de los medios socioeconómicos necesarios para disponer de un equipo informático personal. 

3. Que la UPV/EHU, en virtud de su compromiso con la igualdad de oportunidades y debe facilitar medidas adicionales que favorezcan la equidad y la inclusión. 

RESUELVO: 

Artículo 1.  

Objeto: Se establece un programa de préstamo temporal de ordenadores portátiles destinado a los estudiantes beneficiarios de las ayudas reintegrables para la continuidad académica del curso 2024/2025. 

Artículo 2.  

Beneficiarios: Serán beneficiarios de este programa quienes resulten adjudicatarios de las ayudas reintegrables para la continuidad académica en el curso 2024/2025 y soliciten expresamente la necesidad de disponer de un ordenador en préstamo, mediante el procedimiento dispuesto para ello.  

Artículo 3.  

Condiciones del préstamo:  

1) El préstamo tendrá carácter gratuito y temporal.  

2) Sujeto a la firma de un documento de compromiso en el que se recojan las obligaciones de uso, conservación y devolución.  

3) La duración será por el curso académico, con posibilidad de prórroga excepcionalmente justificada. Se podrá prorrogar el préstamo del ordenador siempre que se siga siendo beneficiario de la ayuda en siguientes convocatorias.  

4) El incumplimiento de las condiciones podrá dar lugar a sanciones administrativas y a la exclusión de futuras convocatorias. 

Artículo 4.  

Gestión y seguimiento: La gestión del programa corresponderá al Vicerrectorado de Estudiantes y Compromiso Social, que habilitará los procedimientos para la solicitud, entrega y devolución de los equipos. 

Artículo 5.  

Recursos materiales: Los equipos provendrán preferentemente de material renovado por la UPV/EHU o adquirido para este fin, así como de posibles colaboraciones externas. 

Artículo 6.  

Informe final: Al término del curso 2025/2026, se elaborará un informe de seguimiento. 

 

Disposición final: La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la página web oficial de la UPV/EHU.