Victimización por torturas y malos tratos

II. ASPECTOS PENALES, CRIMINOLÓGICOS Y VICTIMOLÓGICOS DE LA DELINCUENCIA JUVENIL Y DE MENORES.

El análisis de los sistemas de intervención, las sanciones aplicables, los sistemas procesales establecidos, las vías de evitación de la intervención judicial, la ejecución de las sanciones y la atención a las víctimas de la delincuencia cometida por menores y jóvenes continua centrando la atención de nuestro Grupo de investigación con un abordaje no sólo técnico-jurídico, sino también criminológico y victimológico, así como desde la perspectiva de los modelos comparados de intervención sobre menores delincuentes. Todo ello, junto con la evaluación de las dos décadas de aplicación de la Ley Orgánica 5/200 de responsabilidad penal de los menores, sobre la que tanto el investigador principal como la Dra Pérez Machío han avanzado ya en sus publicaciones algunas conclusiones (JL de la Cuesta, en Kriminologie und Kriminalpolitik im Dienste der Menschenwürde: Festschrift für Frieder Dünkel zum 70. Geburtstag, 2020, 567-584; también publicado en español en Revista Criminalia, 2021, 269-284; A.I. Pérez Machío,  “La Ley Orgánica 5/2000, de responsabilidad penal de los menores 20 años después. La delgada línea entre el Derecho Penal de adultos y el de menores”, 2020, 109-120), y con el fin de realizar propuestas político criminales y de intervención acomodadas a la realidad de los menores y jóvenes afectados y siempre con la orientación primordial del interés superior del menor, un principio continuamente “en la encrucijada” y cuyo análisis se ha traducido ya en contribuciones de nuestro equipo como la de A.I. Pérez Machío  / R. Pérez Méndez, en La integración social del/la menor víctima a partir de la tutela penal reforzada, 2020, 547- 600;) y la de  V. Mayordomo en Revista de Estudios Penales y Criminológicos, 2020, 835-864.

En el marco de los/as menores particular interés merece y despierta para nuestro grupo investigador la problemática de los/as menores inmigrantes infractores, respecto de los que tan contraproducente resulta la normativa de extranjería. Unos menores, además, que no pocas veces a su condición de infractores/as añaden su condición de víctimas de graves fenómenos criminales -como el tráfico de personas, la explotación sexual y laboral- en los que el protagonismo e incidencia de la criminalidad organizada resulta particularmente relevante. En efecto, el fenómeno de la globalización, la mundialización y el aumento de flujos migratorios sitúa a estos/as menores no sólo en infractores, sino también, en muchas ocasiones, en víctimas, dedicados al vagabundeo, la mendicidad, la prostitución, pequeños hurtos y robos y al tráfico de estupefacientes para sufragar la deuda contraída con el grupo de personas que colaboró en su entrada ilegal en el territorio de un Estado. Es el ya mencionado fenómeno de la delincuencia organizada y la trata de personas o, en el supuesto que nos ocupa, de menores de edad.

Pues bien, el estudio de las políticas públicas para la erradicación de esta clase de comportamientos, ubicadas en el ámbito jurídico-penal y, más específicamente, en el Código Penal, sancionando de forma cualificada las conductas de aquellas personas que comercializan con menores para después someterlos a la prostitución, el mundo de las drogas o a la simple delincuencia común, así como, el abordaje de propuestas de “lege ferenda” amparadas en el principio de interés superior del menor, se presentan para este grupo de investigación como objetivos de análisis prioritario, a la vista de la situación de especial vulnerabilidad en la que este colectivo se encuentra.

En idéntico sentido, igualmente destacable resulta, desde esta perspectiva, el tratamiento que sobre la delincuencia de menores inmigrantes infractores/as está llevando a cabo la Fiscalía General del Estado, en varias de sus memorias anuales. En efecto, una primera aproximación a las mismas nos permite detectar cómo la Fiscalía no duda en relacionar directamente los delitos cometidos por menores extranjeros/as con la situación de riesgo social determinado por la falta de control familiar, el entorno marginal, la desadaptación escolar, el consumo de sustancias tóxicas o el trastorno conductual (Fiscalía General del Estado, 2012: 939). Todo ello se traduce, continúa la Fiscalía, en un agravamiento general de la escasez de medios autonómicos disponibles para abordar la protección de los/as menores y genera un malestar social que, además, se une al peligro potencial de abocar a dichos menores a la delincuencia y la marginalidad como medio de subsistencia (Fiscalía General del Estado, 2019: 914).

El análisis del paradigma actuarial que subyace en esta clase de interpretaciones, abocando al principio de “interés superior del menor” a un segundo plano, se convierte igualmente, respecto de esta línea de investigación, en un objeto de estudio prioritario por las/os investigadores del grupo GICCAS, con el objetivo último no sólo de analizar la presente temática sobre la base de las aportaciones del “pensamiento crítico”, sino tratando, igualmente, de realizar aportaciones que, desde la perspectiva jurídica y criminológica, permitan superar este sesgo actuarial y gerencialista, en aras de configurar respuestas jurídicas más acordes a la filosofía sancionadora-educativa de la normativa reguladora de la responsabilidad penal de los/as menores.

Encauzados los encargos del Gobierno en cuanto a la evaluación del Plan de Justicia Juvenil del País Vasco hacia el Grupo CRIM-AP, el centro de atención de esta línea investigadora se refiere actualmente a aquellos aspectos más problemáticos de la intervención que precisen de la formulación de propuestas de política criminal e intervenciones de mejora específicas. En este sentido, y sin dejar de lado otras cuestiones de debate permanente en el campo de la Política criminal respecto de los menores delincuentes (modelos de intervención, límites de edad, tratamiento de los semiadultos, medidas aplicables, especialización de los órganos intervinientes, presencia y protagonismo de las víctimas, etc.), un simple análisis del panorama general permite destacar entre las cuestiones problemáticas suscitadas, las relativas a la intervención respecto de los menores inmigrantes infractores. Víctimas no pocas veces de la globalización que tantos movimientos migratorios provoca (movimientos ante los que los Estados se muestran impotentes en su objetivo de restricción y control, generando, con el propósito de lucha contra el crimen organizando, una proliferación de normas administrativas y regulaciones -hasta penales- que, a la postre, acaban revictimizando a los propios menores víctimas ya de delitos, de tráfico de personas, de explotación sexual y laboral, etc), la problemática de estos menores resulta de plena actualidad y particularmente compleja por sus intersecciones y solapamiento con el fenómeno de los menores extranjeros no acompañados y las formas eficaces de intervención al respecto. El objeto es, por ello, desarrollar un análisis de la cuestión tanto desde una perspectiva jurídica como criminológica, desplegando como actuaciones investigadoras, a corto y medio plazo:

1. Definir y describir, desde una perspectiva criminológica las características y datos principales relativos a la delincuencia de los menores inmigrantes, distinguiendo por edades, entidad de las agresiones, tipos de delitos, victimización generada, etc.

2. Revisar y analizar tanto doctrinal como jurisprudencialmente los fenómenos delictivos asociados a la realidad de menores inmigrantes: tráfico de personas, trata de seres humanos, agresiones y abusos sexuales, la delincuencia de bandas juveniles, etc.

3. Con base en todo lo anterior, analizar y estudiar el binomio: menor inmigrante infractor/menor inmigrante víctima asociado a las conductas delictivas anteriormente mencionadas.

4. Estudiar las medidas sancionadoras desarrolladas en el ámbito internacional y desde la perspectiva de Derecho comparado, en relación a menores infractores inmigrantes, para definir y describir las agresiones ilícitas más importantes relacionadas con los mismos.

5. Evaluar la adecuación de la legislación penal y procesal, la eficiencia de la Administración de justicia y la interacción entre la política criminal, la política social y las demandas ciudadanas.

6. Analizar la incidencia de la normativa administrativa en relación a esta clase de cuestiones.

7. Todo ello, con el objetivo final de definición de pautas de prevención, viables técnica y jurídicamente, para hacer frente a este fenómeno delictivo.