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SERVICIO GENERAL DE ANIMALARIO CAMPUS DE GIPUZKOA

Presentación

La Unidad del Animalario del Campus de Guipúzcoa ofrece a la Comunidad Universitaria, así como a otros Centros de Investigación y a las Empresas, una serie de prestaciones que permiten utilizar animales de laboratorio para investigación y otros fines científicos y docentes, que se realicen dentro de las normativas legales vigentes. 

 

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Normativa

Este Animalario se regula de acuerdo a la siguiente legislación:

  • Real Decreto 1201/2005, de 10 de Octubre, sobre Protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos (B.O.E. nº 252, de 21 de octubre de 2005).
  • Ley 32/2007, de 7 de Noviembre, para el cuidado de los animales, su explotación, transporte, experimentación y sacrificio (B.O.E. nº 268, de 8 de Noviembre de 2007)
  • Orden del 25 de Junio de 1991 del Consejero de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco por la que se dictan normas sobre Protección de los animales utilizados para la experimentación y otros fines científicos. (B.O.P.V. nº 136, de 4 de julio de 1991)
  • Reglamento para la evaluación y seguimiento de las implicaciones metodológicas, éticas y jurídicas de determinadas actividades de Investigación y Docencia de la UPV/EHU, y de la Comisión Universitaria de Ética en la Investigación y en la Docencia (CUEID) (B.O.P.V. nº 104, de 3 de Junio de 2008)

Este Animalario está oficialmente habilitado por el Servicio de Ganadería de la Diputación Foral de Gipuzkoa, inscrito con la referencia EU-001-SS Establecimiento Usuario de Animales de Experimentación