PREGUNTAS_FRECUENTES_PAS_FORMACION

Preguntas frecuentes

¿Qué es el crédito horario?

En el II Plan Integral de Formación del PAS se recogió que la Comisión de Formación, Perfeccionamiento y Reciclaje establecería un crédito horario. En el Reglamento que desarrolla el Plan se establece "un crédito horario personal de 80 horas a consumir durante el periodo de vigencia del Plan". Este crédito horario "podrá verse incrementado en el número de horas necesarias para la realización del último de los cursos o módulos precisos para culminar u obtener un itinerario formativo".

¿Cuándo se consume crédito horario?

En el caso de las acciones de carácter voluntario.

En el caso de las acciones formativas de carácter obligatorio o necesario, "no consumirán el crédito horario destinado a la formación".

¿Qué es una acción de carácter voluntario?

Tal y como recoge el Plan, el carácter de las acciones puede ser obligatoria o voluntaria.
Las acciones voluntarias "son acciones recomendables para la actualización y perfeccionamiento de los  conocimientos inherentes al puesto de trabajo o encaminadas a su desarrollo profesional y/o personal".

A los asistentes a este tipo de cursos se les descontará el número de horas correspondientes a la acción formativa dentro del crédito horario.

¿Qué es una acción de carácter obligatorio?

Tal y como recoge el Plan, el carácter de las acciones puede ser obligatoria o voluntaria.

Las acciones obligatorias son "aquellas acciones que se consideran imprescindibles para el desempeño del puesto de trabajo. Se realizarán dentro del horario de trabajo. Con el fin de respetar las necesidades de los servicios como las particularidades de las situaciones de cada persona trabajadora se podrán organizar varias ediciones. La Universidad puede considerar obligatoria la formación en el caso de que considere importante que el personal de una unidad determinada realice una acción formativa, cualquiera que sea su formato o modalidad, sobre la materia competencial de su puesto de trabajo, y sobre todo, aquellos que son como consecuencia de cambio o modificación de normativa, procedimientos o innovaciones tecnológicas".
En este caso, los asistentes no consumirán el crédito horario destinado a la formación.

Si no estuviese recogido en el catálogo de acciones formativas planificadas y ofertadas por la UPV/EHU, ¿se puede solicitar la organización o el acceso a una acción formativa?

Efectivamente. El Plan contempla dos tipos de formación: la planificada y la extraordinaria. Las acciones extraordinarias son aquellas que se organizan bien a instancia de las diferentes unidades administrativas o bien a bien a instancias del propio personal de administración y servicios. Responden a necesidades puntuales y específicas. En estos casos, el Gabinete de Estudios, Panificación y Formación de Personal podrá organizar el curso que se ajuste a las necesidades de la unidad demandante o la entidad organizadora podría ser una entidad externa.

¿Cómo se solicita una acción formativa "extraordinaria"?

Este tipo de acciones deberán ser solicitadas por la persona responsable de una unidad administrativa mediante el informe justificativo establecido por el Gabinete de Estudios, Planificación y Formación de Personal.

El personal de administración y servicios podrá solicitar directamente al Gabinete de Estudios, Planificación y Formación de Personal una acción formativa que considere necesaria para el desempeño en su puesto de trabajo mediante informe justificativo. En ese caso, el Gabinete de Estudios, Planificación y Formación de Personal recabará mediante informe escrito la autorización de la unidad pertinente.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento a lo largo del año, si bien se deberá presentar con suficiente antelación, bien para dar el margen suficiente al Gabinete de Estudios, Planificación y Formación de Personal para que organice la formación o, si se trata de formación externa, para que pueda analizar la solicitud con suficiente antelación para resolver.

En el caso de las acciones formativas on-line, ¿puedo conectarme desde un ordenador que no sea el del puesto de trabajo?

Por supuesto.

En el caso de las acciones formativas on-line, ¿puedo acceder al curso a cualquier hora?

Tal y como tiene establecido el IVAP con otras administraciones públicas, el horario de acceso a la formación on-line es restringido. Por las mañanas tan solo se podrá acceder al curso de 8:00 a 10:00 de la mañana en un intervalo máximo de una hora y media. Por la tarde, el acceso será libre a partir de las 15:00 horas, incluidos los fines de semana.

¿Puedo solicitar las ayudas para la formación fuera del horario de trabajo?

Por supuesto. Las ayudas individuales son el instrumento adecuado para ello.

Un funcionario interino o personal laboral no fijo, ¿puede acceder a la formación ofertada para el PAS?

Por supuesto, siempre que esté relacionado con su puesto de trabajo. También puede solicitar ayudas para la formación siempre que lleve un año de servicios prestados a la UPV/EHU a la hora de la finalización de la acción formativa por la que solicita la ayuda.

Un funcionario interino o personal laboral no fijo, ¿puede solicitar ayudas individuales para la formación fuera del horario de trabajo que responda a su desarrollo personal?

Por supuesto. En cuanto a las ayudas individuales, podrá ser beneficiario/a de estas ayudas el personal de administración y servicios con un año de servicios prestados a la UPV/EHU a la hora de la finalización de la acción formativa por la que solicita la ayuda.

Una vez realizado el curso ofertado dentro del II Plan Integral de Formación del PAS, ¿se emitirá un certificado?

Sí. Los certificados pueden ser de dos tipos: certificados de asistencia o de aprovechamiento.

Los certificados acreditativos tendrán la calificación de asistencia cuando la actividad formativa no contemple la superación de una prueba que deba ser evaluada por el profesorado. El certificado se expedirá a aquellos alumnos y alumnas que hayan asistido, al menos, al 80 por 100 de las horas lectivas.

Cuando los cursos presenciales son de aprovechamiento para emitir el certificado se requieren dos requisitos:

  • Haber asistido al menos al 80% de las horas que dura el curso.
  • Superar la evaluación del curso.

En el caso de cursos on-line, los certificados sólo serán de aprovechamiento y deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  • Visitar, al menos, el 50% de los contenidos on-line. Además, en el caso de la formación mixta, asistir al menos, al 80% del tiempo dedicado a la sesión presencial.
  • Realizar las actividades solicitadas durante el curso.
  • Superar tanto las actividades como la prueba de aprovechamiento.

¿Cuáles son los criterios para la admisión de las solicitudes?

Tal y como establece el apartado 2.7 del Reglamento aprobado por la Comisión de Formación, Perfeccionamiento y Reciclaje, la selección de los participantes en las acciones formativas vendrá determinada por la adecuación del perfil de los solicitantes a los objetivos y contenidos de las mismas establecidas en la convocatoria del curso. En particular se tendrá en cuenta la línea formativa a la que se adscribe cada curso en cada convocatoria. Quiere ello decir que un mismo curso puede tener destinatarios distintos en función de la línea formativa a la que se adscriba.

En caso de que el número de solicitudes supere el número de plazas, se aplicarán los siguientes criterios generales para la selección de los aspirantes:

  1. No haber realizado ningún curso durante el año
  2. Relación directa del curso con el contenido del puesto de trabajo.
  3. No haber realizado el mismo curso previamente, en los últimos cuatro años.
  4. Funcionarios/as de carrera y laborales fijos/as sobre funcionarios/as interinos/as y laborales temporales de la UPV/EHU
  5. Tiempo trabajado en la UPV/EHU
  6. Fecha y hora de solicitud

En cualquier caso, en función del interés mostrado por un curso en concreto y para garantizar la asistencia del máximo número de solicitantes, se programarán más ediciones del mismo curso.

¿Qué sucede si no asisto al curso o renuncio al mismo una vez comenzado?

Su renuncia o ausencia al curso debe estar debidamente justificada. Se entenderá por bajas y ausencias o falta de asistencias justificadas aquellas contempladas en el Acuerdo Regulador y en el Convenio Colectivo, así como por motivos producidos por cambio de puesto de trabajo y necesidades de servicio debidamente justificadas.

Si se trata de necesidades de servicio, su superior jerárquico, responsable de la validación de su solicitud, deberá enviar al Gabinete de Estudios, Planificación y Formación de Personal (formacion-pas@ehu.eus) un e-mail argumentando estas necesidades y las razones por las cuales no se pudo prever esta carga de trabajo a la hora de la validación positiva.

¿Cómo puedo aclarar otras dudas?

Las preguntas o dudas respecto al Plan, Reglamento u oferta formativa puedes enviarlas a esta dirección: formacion-pas@ehu.eus o prestakuntza-azp@ehu.eus

Responderemos a todas las preguntas y elaboraremos una relación de "preguntas más frecuentes" con sus respectivas respuestas que se publicarán en la página web en esta misma sección.

Vuestras preguntas nos ayudarán a mejorar.