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NOTA INFORMATIVA SOBRE COMPOSICIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO DE PAS TRAS LA OPE 2019-2020-2021-2022

En la Base General 9.3 del proceso ordinario para el ingreso como personal funcionario de carrera de la UPV/EHU, se refiere el Acuerdo de 30 de junio de 2022 sobre los criterios mínimos que han de regir las convocatorias de los procesos de ingreso, de la OPE 2019, 2020, 2021 y 2022. En el apartado cuarto de ese Acuerdo se establecen una serie de compromisos tras la ejecución de los procesos, entre los que se encuentra el relativo a las bolsas de trabajo; se transcribe a continuación dicho compromiso:

C.- Bolsas de trabajo

Las convocatorias de los procesos selectivos cuyo sistema selectivo sea el de concurso de méritos no conformarán bolsas de trabajo.

Las convocatorias de los procesos selectivos cuyo sistema selectivo sea el de concurso-oposición se regirán por lo establecido en el Acuerdo de 30 de noviembre de 2006 y el Acuerdo de 18 de julio de 2017, sobre configuración y gestión de bolsas.

De conformidad con las mencionadas disposiciones, las bolsas de personal funcionario afectadas por las convocatorias de las Ofertas Públicas de Empleo previstas por el sistema selectivo de concurso-oposición se ordenarán en base a los siguientes criterios de prioridad:

  1. En primer lugar, figurará el personal amparado por el compromiso de estabilidad recogido en el Acuerdo de 30 de noviembre de 2006, conforme a su orden actual en bolsas, siempre que se hayan presentado al correspondiente proceso selectivo de OPE.

Este personal se identificará con el código EE: egonkortasuna/estabilidad.

  1. A continuación, figurará el personal preferente, bloque integrado por las personas pertenecientes a la correspondiente bolsa actual que hayan prestado servicios como consecuencia de un llamamiento de esa bolsa antes de la fecha de la convocatoria y se hayan presentado al correspondiente proceso de OPE con la realización y entrega del examen. Este personal se ordenará conforme a su actual orden en la bolsa correspondiente.

Este personal se identificará con el código LP: lehentasuna/preferencia

  1. A continuación figurará el personal aprobado sin plaza en el correspondiente proceso de  OPE, para cuya ordenación se sumará a la puntuación final obtenida en el proceso la puntuación adicional resultante de computar, a razón de 0,06 puntos por mes completo trabajado, los servicios prestados en la escala concordante en el periodo comprendido entre el día siguiente a la fecha de fin de presentación de solicitudes y la fecha de finalización del proceso correspondiente, tomando como referencia a tales efectos  la fecha de publicación de la relación definitiva de aprobados.

Sólo pasarán a formar parte de la bolsa por este apartado las personas que obtengan un mínimo de 17,5 puntos en la fase de oposición del correspondiente proceso selectivo.

Este personal se identificará con el código EO: eskaintza/oferta

  1. A continuación, figurará el resto del personal integrante de la bolsa actual correspondiente que haya prestado servicios con posterioridad a la fecha de la convocatoria y que no se encuentre en ninguno de los apartados anteriores, conforme a su vigente orden relativo en bolsas.

Este personal se identificará con el código GP: gerokoak/posteriores

Las bolsas que no se vean afectadas por los procesos de OPE, mantendrán la ordenación vigente.

Los llamamientos para el ofrecimiento de las necesidades no cubiertas se realizarán en aplicación rigurosa del Acuerdo de 18 de julio de 2017, sobre configuración y gestión de las bolsas de trabajo y ordenación de sus integrantes o Acuerdo que lo sustituya. Estos llamamientos se realizarán con antelación suficiente para que los efectos de los diferentes movimientos que se puedan producir sean todos en la misma fecha. En primer lugar, se ofertarán las “vacantes” para posteriormente hacer lo mismo con el resto de sustituciones y demás necesidades.