ASOCIACIONES PARTICIPACION

Reglamento del alumnado de la UPV/EHU

TÍTULO IV. DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTILES

CAPÍTULO V. DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LAS ASOCIACIONES ESTUDIANTILES

Artículo 64.– Actividades.

1.– Las asociaciones de estudiantes participarán en la vida universitaria a través del desarrollo de las actividades de su interés que tiendan a la consecución de alguno de los fines de la UPV/EHU previstos en el artículo 4 de los Estatutos.

2.– En especial la participación se canalizará a través de las actividades de carácter científico, cultural, artístico o de otra índole que ellos mismos organicen y que sirvan para el enriquecimiento del patrimonio intelectual, humanístico, cultural y científico, así como al desarrollo, formación integral y bienestar del estudiantado y, en última instancia, de la sociedad vasca en su conjunto.

3.– Cualquier tipo de actividad que se desarrolle por las asociaciones estudiantiles, tanto dentro como fuera de la UPV/EHU deberá ser plenamente respetuosa con el ordenamiento jurídico. Se deberá informar y, en su caso autorizar por la UPV/EHU todas aquellas actividades que se convoquen invocando la condición de asociación estudiantes de la UPV/EHU. Será causa de pérdida de la condición de Asociación de Estudiantes de la UPV/EHU, además de lo previsto en el artículo 63, la sanción firme por infracción grave del ordenamiento jurídico o contar con dos o más sanciones firmes por infracción leve del ordenamiento jurídico.

4.– Antes de desarrollar cualquier tipo de actividad, dentro del ámbito territorial de la UPV/EHU, ya sean estas dirigidas a sus miembros o públicas, las asociaciones de estudiantes de la UPV/EHU deberán obtener autorización para el uso de los espacios que pretendan ocupar en los términos establecidos en el presente Título.

Artículo 65.– Participación en organizaciones estudiantiles.

1.– Las asociaciones estudiantiles de la UPV/EHU, registradas como tales, tendrán derecho a integrarse en redes o confederaciones de cualquier ámbito.

2.– La UPV/EHU ayudará, en la medida en que le competa y cuente con medios disponibles a tal fin, a las asociaciones de estudiantes para hacer efectiva dicha integración.