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Resolución de la rectora de la UPV/EHU, de 25 de mayo de 2020, por la que se procede a la apertura al público de las oficinas del registro general y las oficinas de registro auxiliares de la universidad para la atención al público y prestación del servicio de registro de entrada de documentación

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE de 14 de marzo), con vigencia de quince días naturales. Como medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación, suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, señalando que durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible.

Ya mediante Resolución de la Rectora de 12 de marzo de 2020, se adoptaron medidas preventivas en la UPV/EHU como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus COVID (SARS-CoV-2), disponiendo, entre otras medidas, la suspensión de las actividades académicas de carácter presencial en el ámbito del Campus de Álava, del Campus de Bizkaia y del Campus de Gipuzkoa de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU).

Mediante Resolución de la Rectora de 14 de marzo de 2020, la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea determinó la suspensión de toda actividad presencial en la universidad de todos los miembros de la comunidad universitaria en los diversos centros de la UPV/EHU, con la excepción de los que fueran designados para el mantenimiento de los servicios esenciales, los cuales serían establecidos mediante resolución rectoral. Asimismo, autorizó la modalidad de teletrabajo o de trabajo a distancia para todo el personal de la Universidad, siempre que fuera posible, con el fin de posibilitar la prestación de los servicios que no fueran declarados esenciales.

Posteriormente, mediante resolución de la Rectora de 16 de marzo de 2020, se determinaron los servicios esenciales durante el tiempo de suspensión de toda la actividad presencial en la UPV/EHU como consecuencia del brote del virus COVID-19, disponiendo en su apartado quinto que el registro general y las oficinas de registro auxiliares de la Universidad permanecerán cerradas y los trámites necesarios se realizarán exclusivamente a través del Registro Electrónico incluido en la Sede Electrónica de la Universidad.

Desde su declaración mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma ha sido prorrogado en cinco ocasiones, habiéndose producido la última de ellas mediante Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (BOE de 23 de mayo), con vigencia desde las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020.

De conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el ministerio de Sanidad ha dictado la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo (BOE de 9 de mayo), para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, en cuyo capítulo VI se contienen las condiciones para la reapertura de los centros educativos y universitarios, en particular, en su artículo 20

Posteriormente el Ministerio de Sanidad ha dictado la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad (BOE, 16 de mayo).

A su vez, en el BOPV de 11 de mayo se ha publicado el Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, por el que se establecen normas para la aplicación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de las modificaciones, ampliaciones y restricciones acordadas con el Gobierno español, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Euskadi. Este Decreto tiene por objeto ordenar, en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto 51/2020, de 8 de mayo y en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, la aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco, de las medidas acordadas conjuntamente con el Gobierno español, para adaptar mejor a la evolución de la emergencia sanitaria en Euskadi, las medidas de flexibilización establecidas en aplicación de la fase 1 del mencionado Plan, el cual ha sido modificado mediante Decreto de 9/2020, de 15 de mayo (BOPV de 16 de mayo).

El artículo 9 del RD 537/202 establece que, con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas. Así mismo el artículo 10 de citado RD establece que, con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones.

Mediante resolución de la Gerente de la UPV/EHU, de 12 de mayo de 2020, se actualiza el plan de retorno a la actividad presencial del personal de administración y servicios en la UPV/EHU tras el confinamiento decretado por alerta sanitaria por COVID-19, contemplándose la incorporación de, al menos, el 50% del personal de atención al público (secretarías de los centros, Registro, Servicio de Reprografía, Biblioteca, telefonistas, …) a partir del 25 de mayo de 2020.

La UPV/EHU está llevando a cabo, de manera continua, un análisis permanente de la situación de alerta sanitaria tal y como lo exige un escenario variable y con no pocas incertidumbres. Ello no es óbice para que prime la voluntad y obligación de garantizar que toda actividad, tanto la actual como las que posteriormente se reanuden, se puedan realizar con las debidas garantías en materia de seguridad y salud. Por ello, se hace necesario adaptar las condiciones por las que se ha venido autorizando el acceso a las instalaciones de la UPV/EHU ante el nuevo escenario que presentan las disposiciones anteriormente citadas, en particular, en los que se refiere a la ejecución del plan de retorno a la actividad presencial.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los artículos 178 y 181.1 d) y e) de los Estatutos de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, la Rectora dicta la siguiente

 

 

RESOLUCIÓN

 

Primero. - Proceder a la apertura al público de las oficinas del registro general y las oficinas de registro auxiliares de la Universidad para la atención a las personas usuarias y prestación del servicio de registro de entrada de documentación, desde el día 26 de mayo de 2020 en horario de 9:00 a 13:00 horas.

El servicio se prestará previa cita con las personas usuarias conforme se determine al respecto mediante resolución del Secretario General de la UPV/EHU.

Segundo. - El acceso a las instalaciones y centros de la Universidad por parte de las personas usuarias pertenecientes a la comunidad universitaria para la presentación de documentación en las oficinas del registro, general o auxiliares, se llevará a cabo en los términos que se determinen en la resolución del Secretario General a la que se refiere el apartado primero de la presente resolución, sin que a estos efectos sean aplicables las condiciones establecidas en anteriores resoluciones rectorales.

Tercero. - La atención al público y la prestación del servicio de registro se llevará a cabo con la debida observancia de las medidas preventivas en materia de seguridad y salud establecidas en el plan de retorno a la actividad presencial del personal de administración y servicios en la UPV/EHU y en las restantes disposiciones sanitarias en la materia, actuales o futuras, que sean de aplicación tanto al personal concernido como a las personas usuarias.

Cuarto. - Publicar la presente resolución en la página web y en el tablón de anuncios electrónico (EHUtaula) de la Universidad, y difundirla a todo el personal a través de las correspondientes listas de distribución.

 

 

 

Nekane Balluerka Lasa

Rectora de la UPV/EHU