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MOVILIDAD-Normativa-especifica-facultad

Requisitos y limitaciones específicos para la realización de una movilidad

  1. Según normativa interna aprobada en Junta de Centro de la Facultad de Bellas Artes el 19 de octubre de 2012 el alumnado, para poder realizar la movilidad concedida en la convocatoria correspondiente, deberá tener superado todo el 1er ciclo, es decir, 1º y 2º curso completamente aprobado. El alumnado puede realizar la solicitud con asignaturas suspendidas pero únicamente con una asignatura de segundo curso, teniendo preferencia el alumnado que en el momento de realizar la solicitud tenga completamente superado 1º y 2º curso de grado. En ningún caso, se podrán reconocer asignaturas suspensas en la UPV/EHU por asignaturas cursadas a través de programas de movilidad.

  2. Asimismo, el alumnado deberá tener en cuenta los requisitos y condiciones establecidos por las normativas de cada programa y del Vicerrectorado de Coordinación y Relaciones Internacionales.

  3. El alumnado deberá comprobar con anterioridad a su solicitud, que se imparten los estudios necesarios que vayan a ser reconocidos como parte integrante del programa académico para la obtención de la titulación oficial que esté cursando en la UPV/EHU, y que existe oferta suficiente en el idioma que conoce.

  4. El alumnado deberá cursar un mínimo de 30 créditos para estancias de 4 y 5 meses y un mínimo de 60 créditos para estancias de curso completo (movilidad internacional) y un mínimo de 24 créditos para estancias de 5 meses y un mínimo de 45 créditos para estancias de curso completo (SICUE). No pudiendo ser superior a 60 créditos por año de estancia, ni 30 créditos en caso de que la estancia sea de un cuatrimestre, los créditos totales a convalidar.

  5. No se recomienda hacer movilidades en el 2º cuatrimestre de 4º curso, por no disponer de los créditos suficientes según normativa Erasmus+ del SEPIE y normativa del Vicerrectorado de Coordinación y Relaciones internacionales.

  6. La duración de la estancia deberá ajustarse a lo contemplado en el acuerdo bilateral suscrito entre las universidades que se refleja en la oferta de GAUR. No obstante, una vez incorporado en destino, el alumnado participante en una movilidad  internacional del 1er cuatrimestre, podrá solicitar ampliación hasta el 2º cuatrimestre, cumpliendo unos requisitos y previa aprobación del coordinador institucional del centro y Vicerrectorado correspondiente. NO se permitirá la ampliación de estancia para cursar el 2º cuatrimestre de 4º curso por no contar con el mínimo de créditos a cursar. En el programa SICUE la tramitación de ampliación o reducción se deberá solicitar en el plazo de  1 mes desde la concesión de la plaza.

  7. El alumnado deberá tener un conocimiento suficiente de la lengua en la cual se impartirán las asignaturas en la institución de acogida. Se da preferencia al alumnado que presenta certificados y/o acreditaciones.

  8. El acuerdo académico es la garantía para el reconocimiento de créditos cursados en destino y matriculados en la UPV/EHU. El alumnado es responsable de realizar correctamente el Acuerdo Académico / Learning Agreement a través de GAUR, acorde a la matrícula realizada obligatoriamente en las fechas de automatrícula.

  9. En el acuerdo académico sólo podan incluirse asignaturas correspondientes al curso académico de la UPV/EHU en el que se realiza la Movilidad. Asimismo, no podrán incluirse asignaturas con la calificación de “aprobado” o “suspenso”. Cualquier cambio sobre el acuerdo que no cuente con la autorización previa del Vicedecano/a, excluirá del reconocimiento academico las asignaturas modificadas. Asimismo, los idiomas no serán objeto de reconocimiento academico.

  10. El alumnado con movilidad anual debe ser consciente que, debido a la tramitación de los Transcript of Records, no dispondrá de las notas en primera convocatoria.

  11. El alumnado realizará obligatoriamente la encuesta de satisfacción durante su estancia y siempre antes de su regreso para poder ser calificado.

  12. Se da preferencia al alumnado de 3er curso, como única oportunidad para participar en alguno de los programas de movilidad, al mismo tiempo que se bonifica un mejor expediente.

  13. Se da preferencia al alumnado que no haya realizado una movilidad anterior, al mismo tiempo que se bonifica un mejor expediente.

  14. Se da preferencia al alumnado que haya participado y cumplido con las tareas mínimas requeridas en el programa BUDDY.

  15. Los destinos se asignan por orden de puntuación, teniendo en cuenta los criterios de selección definidos y publicados.

  16. NO se puede participar en SICUE si se ha obtenido plaza en ERASMUS+/AL/OD.

  17. El alumnado deberá estar matriculado en la titulación de la UPV/EHU a la que pertenecen los estudios que va a realizar en la universidad de destino, tanto en el momento de realizar la solicitud de movilidad ERASMUS, AMERICA LATINA, OTROS DESTINOS y SICUE como durante la realización de la misma.

  18. En el caso de que no exista calificación, y solamente aparezca “PASS” o “APTO”, si la universidad de destino certifica la consecución de los créditos, la nota de la asignatura será la nota media del expediente de GAUR del/a estudiante.

  19. Sin el último acuerdo académico (learning agreement) firmado por las tres partes antes de la finalización del periodo de estudios en la universidad de destino, no se efectuará ningún reconocimiento académico.

  20. Dado el carácter eminentemente práctico de los estudios de la facultad, NO se permitirán movilidades a Centros en los que, en el momento de realizar la movilidad, la docencia sea exclusivamente online. En caso de fuerza mayor (Pandemia) se estudiarán específicamente las situaciones de estudiantes de cuarto curso segundo cuatrimestre.

    El alumnado que no tenga la confirmación de que, las clases serán presenciales en la universidad destino en el momento del inicio de cada cuatrimestre del curso en la Facultad deberá renunciar a dicha movilidad.