Evaluación
Anualmente la comisión académica evaluará al o la doctoranda en base a:
Dicha documentación deberá aportarse a través del aplicativo GAUR, tal y como se indica en los manuales correspondientes.
La evaluación se realizará en las fechas concretas establecidas en el calendario oficial y de acuerdo a la Normativa de evaluación de doctorado de la Escuela de Doctorado. Esta normativa incluye información sobre la forma en la que se puede reclamar una evaluación negativa. Tal y como se indica en la normativa, dicha reclamación podrá realizarse en primera instancia ante la propia Comisión Académica, y en segunda instancia ante la Escuela de Doctorado (DOKe). Para realizar sendas reclamaciones se deberán utilizar los impresos oficiales disponibles en la normativa.
En todo caso, el resultado de la evaluación lo podrán consultar las y los doctorandos así como sus directoras y directores a través del aplicativo GAUR, tal y como se indica en los manuales correspondientes.
Permanencia en un programa de doctorado
A tenor de lo establecido en el artículo 11.7 del Real Decreto 99/2011, la evaluación anual positiva por la Comisión Académica del Programa de Doctorado, tanto del Plan de Investigación como del Documento de Actividades, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el Tutor y el Director de Tesis Doctoral dentro del aplicativo GAUR, serán requisitos indispensables para continuar en el Programa.
Una vez finalice el periodo de evaluación dispuesto para las Comisiones Académicas, y de acuerdo con el calendario de matrícula establecido por la Comisión de Posgrado, se procederá a gestionar la emisión de la segunda matrícula a todo el alumnado evaluado.
En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando o la doctoranda deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo informe del plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.