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Capítulo VI. Expedición de títulos oficiales de postgrado y de certificados

Normativa de Gestión de Másteres Oficiales

Sección I. Expedición de títulos

Artículo 21.- Norma general.

1.- Los Títulos de Máster Universitarios de la UPV/EHU serán expedidos por el Rector o Rectora, en modelo normalizado, y causarán constancia en el Registro Universitario de Títulos Oficiales.

Los Centros a los que estén adscritos los másteres, en el momento de la matrícula, velaran por el cumplimiento exigido por el R.D. 822/2021, según el cual no se podrá expedir el título de máster al alumnado que no haya finalizado los estudios de Grado.

Artículo 22.- Procedimiento.

1.- La solicitud de expedición de los correspondientes Títulos se podrá presentar en la Secretaría del Centro responsable del Máster, entregando la siguiente documentación:

  • Instancia en modelo normalizado.
  • Fotocopia del DNI/Pasaporte.
  • Justificante de haber satisfecho las tasas correspondientes. Para el alumnado con derecho a exención de tasas se procederá conforme a lo establecido en el artículo 8 de la presente normativa.
  • Fotocopia compulsada del título con el que accedió al Máster Universitario, o fotocopia y original para su cotejo, en el caso de que no se presentara esta documentación al realizar la matrícula del Máster. El alumnado que haya obtenido dicho título en la UPV/EHU no debe presentar esta documentación.

La Secretaría del Centro responsable del Máster expedirá la certificación del pago de los derechos de expedición del correspondiente Título Oficial de Máster Universitario, que surtirá provisionalmente los mismos efectos que la posesión del mismo, en tanto tal expedición no se produzca.

Entrega de Títulos.

1.- El Título, una vez impreso, deberá ser retirado personalmente por la persona interesada en la Secretaría del Centro responsable del Máster. En el supuesto de que no le fuera posible hacerlo personalmente, se podrá autorizar a otra persona, siempre mediante poder notarial, para que lo retire en su nombre.

No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, la persona interesada podrá solicitar por escrito a la Secretaría del Centro responsable del Máster la remisión del Título al Vicerrectorado del Campus de Bizkaia, Vicerrectorado del Campus de Gipuzkoa, Vicerrectorado del Campus de Álava, Dirección Provincial de Educación y Cultura, Oficina de Educación u Oficina Consular más próxima a su lugar de residencia.

2.- El mismo procedimiento de retirada de los títulos regirá para los duplicados.

 

Sección II. Expedición de certificados

Artículo 23.- Solicitud de Certificados.

La expedición de los certificados correspondientes a cursos y seminarios realizados deberá solicitarse en la Secretaría del Centro responsable del Máster entregando la documentación que será informada para cada curso académico en la página web de la UPV/EHU y en las Secretarías establecidas a tal efecto por el Centro responsable del máster.

 

Sección III. Precios públicos

Artículo 24.- Precios públicos por la expedición de títulos y certificados.

Las tasas por la expedición de los certificados y de títulos oficiales de posgrado serán las que establezca el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco.

El abono de estas tasas se efectuará en alguna de las cuentas indicadas por la UPV/EHU al realizar la solicitud.