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Normativa sobre el procedimiento de implantación, modificación y supresión de propuestas de másteres universitarios (oficiales)

Capítulo V. Procedimiento de presentación y tramitación de las propuestas

Artículo 8. Presentación y aprobación de las propuestas.

Todas las propuestas que se presenten serán analizadas y, en su caso, aprobadas por los órganos competentes, teniendo en cuenta la oferta global de enseñanzas y las directrices establecidas en el Plan Estratégico de los Estudios de Posgrado de la UPV/EHU. Así mismo, deberán contar con el informe favorable del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador para su tramitación.

8.1.- Presentación de la síntesis de la propuesta.

Con carácter previo a la presentación de la propuesta de un nuevo máster, los promotores o promotoras deberán presentar una síntesis de la misma al centro proponente, que debe aprobarla de forma previa a su envío al Vicerrectorado de Estudios de Grado y Posgrado en los plazos y calendarios que establezca el Vicerrectorado y que serán publicados en la página web de la Universidad.

8.2.- Contenido mínimo de la síntesis de la propuesta.

La síntesis de la propuesta deberá recoger, al menos, la siguiente información:

  1. Universidades, departamentos, institutos o centros implicados.

  2. Justificación de la propuesta, en la que se atenderán aspectos tales como:

    • Demanda social y previsión del número de estudiantes potenciales.

    • Oferta de la UPV/EHU en ese campo.

    • Calidad y excelencia de la propuesta.

    • Categorización de la titulación según los vectores: a) Formación en base a métodos y metodologías innovadoras, b) Internacionalización y c) Relaciones con la empresa, instituciones y otras entidades. Para cada uno de ellos justificar si se prevé alcanzar un nivel básico, intermedio o avanzado.

    • Formación dual o con itinerario dual, en su caso.

    • Carácter exclusivo o interuniversitario, nacional o internacional.

    • Empleabilidad de los egresados.

    • Alineación con la estrategia de investigación de la UPV/EHU y de otros planes (Horizon 2020 y otros).

    • Plurilingüismo.

    • Otros aspectos de interés.

  3. Plan de estudios.

  4. Profesorado participante.

  5. Entidades o Instituciones colaboradoras

  6. Acuerdo del Centro responsable del máster.

  7. Acuerdos de los departamentos responsables de las asignaturas.

  8. Resumen de asignaturas y ECTS por Departamento e idiomas de impartición.

8.3.- Evaluación de la síntesis de la propuesta –Comisión Evaluadora-

La síntesis presentada será pre-evaluada por los miembros de la Comisión de Postgrado del campo del saber correspondiente (Comisión Evaluadora). En el caso de pre-evaluación favorable o másteres Erasmus+ seleccionados por la EACEA - Education, Culture and Audiovisual Executive Agency- la propuesta será remitida al Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador para su análisis e informe correspondiente en cuanto a la viabilidad de los recursos docentes disponibles por los departamentos participantes.

8.4.- Grabación en GAUR y evaluación de la propuesta.

En caso de obtener informe favorable, el Vicerrectorado de Estudios de Grado y Posgrado autorizará a los/las promotores/as la grabación de la propuesta completa en el aplicativo informático (GAUR), que será posteriormente evaluada por la misma Comisión Evaluadora nombrada al efecto.  Los másteres Erasmus+ no requerirán ser evaluados.

En el caso de pre-evaluación negativa, ésta deberá estar motivada y se podrán presentar alegaciones.

8.5.- Tramitación de la propuesta para la verificación y aprobación del título.

La propuesta completa se someterá a aprobación de la Comisión de Posgrado de la UPV/EHU, previo acuerdo del Centro responsable e informe de la Junta de Campus, lo cual facultará al Vicerrectorado de Estudios de Grado y Posgrado a elevar la propuesta del máster, junto con la memoria económica, al Consejo de Gobierno.

Una vez aprobada por el Consejo de Gobierno, se tramitará al Ministerio de Educación, a través de su sede electrónica, quien una vez comprobados los datos registrales del título remitirá la propuesta a la Agencia Evaluadora correspondiente.

Posteriormente, y una vez que cuente con el informe favorable de la Agencia Evaluadora, se solicitará al Consejo Social el informe preceptivo para la autorización de implantación de las correspondientes enseñanzas por la Comunidad Autónoma.