propuesta-doctorado-normativa-capitulo-V

Normativa de propuesta de programas de doctorado

Capítulo V. Tramitación

Artículo 12.- Presentación y aprobación de las propuestas.

  1. El vicerrector o vicerrectora competente en materia de estudios de postgrado establecerá el procedimiento y los plazos en el que podrán presentarse propuestas de Programas de Doctorado.
  2. El coordinador o coordinadora presentará la propuesta de Programa de Doctorado para su aprobación a los consejos de los departamentos y a la escuela de doctorado, que correspondan, según se haya definido la organización o participación, así como los acuerdos que se deban establecer mediante las autorizaciones y los convenios que correspondan.
  3. Una vez obtenida la aprobación señalada en el apartado anterior, el coordinador o la coordinadora enviará informáticamente, a través de la aplicación GAUR, al Negociado de Planes de Estudios de Postgrado, las propuestas de los Programas de Doctorado, ya sea porque deben adaptarse al RD 99/2011 o porque sean nuevas propuestas, con la información señalada en los artículos anteriores. En papel, únicamente presentará en cualquiera de los registros generales de la UPV/EHU, el escrito firmado que se obtiene en la propia aplicación, dirigido al Vicerrectorado de Ordenación Académica.
  4. Las propuestas recibidas serán verificadas por el Vicerrectorado de Ordenación Académica -Negociado de Planes de Estudios de Postgrado-, para iniciar los trámites previstos por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco en el Decreto 11/2009 o, en su caso, solicitar los informes que se consideren pertinentes.
  5. Las propuestas recibidas se someterán a la consideración de la Subcomisión de Doctorado. A la vista de la propuesta y, en su caso, de los informes correspondientes, la subcomisión de doctorado elaborará un informe que someterá a la consideración de la Comisión de Ordenación Académica y de Doctorado, para que ésta elabore la propuesta de aprobación al Consejo de Gobierno.
  6. El Consejo de Gobierno, a la vista de la propuesta de la Comisión de Ordenación Académica y de Doctorado, acordará, en su caso, la aprobación de los Programas de Doctorado para su remisión, de forma simultánea, al Consejo de Universidades y al Consejo Social, para que, tras su informe, se someta a la consideración de la Comunidad Autónoma la autorización e implantación de las correspondientes enseñanzas.