MATRIKULA BALIOGABETZEA

ANULACIÓN MATRICULA

Anulación matrícula

COMISIÓN DE POSTGRADO DE LA UPV/EHU DEL 10 DE FEBRERO DE 2025

Punto 6.1. 

Normas complementarias al Reglamento de Gestión de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la UPV/EHU de 25 de abril de 2024 

 

PROPUESTA ACUERDO DE LA COMISIÓN DE POSGRADO DE LA UPV/EHU DE 10 DE FEBRERO DE 2025, POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA COMPLEMENTARIA DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN DE LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO EN RELACIÓN AL ARTÍCULO 8.5.

Desde el Vicerrectorado de Posgrado y Aprendizaje Permanente se ha presentado para su aprobación la norma complementaria de desarrollo del artículo 8.5.  del Reglamento de gestión de las enseñanzas oficiales de Doctorado publicado en el BOPV el 7 de junio de 2024, en relación a la anulación de matrícula de doctorado.

El Reglamento de gestión de las enseñanzas oficiales de Doctorado vigente establece en su artículo 8 lo relativo al procedimiento de matrícula, y en concreto, en su apartado 5, dispone lo siguiente en cuanto a la anulación de matrícula: “5.– Anulación y modificación de matrícula, ante la Escuela de Doctorado.

La persona doctoranda podrá anular la matrícula en cualquier momento del curso. Esta anu­lación afecta a la totalidad de la matrícula y no supone la devolución de los precios públicos abonados por la persona interesada, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo. (…).”

La redacción actual del artículo viene produciendo ciertas dudas acerca de su alcance y de las condiciones en las que el estudiantado puede anular su matrícula, por lo que es preciso desarrollarlo delimitando el aspecto temporal. En efecto, la anulación de matrícula permite al estudiantado preinscribirse y matricularse en el siguiente curso académico comenzando en el estudio de doctorado desde el principio, lo cual es incompatible con la propia naturaleza y características de estos estudios, así como con las normas de permanencia que rigen en ellos. La anulación de la matrícula no supone la interrupción del plazo máximo para permanecer en los estudios de doctorado, ya que para que se produzca dicha interrupción debe ir acompañada de la correspondiente baja voluntaria, o derivada de causa legal (enfermedad, etc.); tampoco supone la baja definitiva del programa de doctorado, salvo que así lo pida la persona solicitante. Junto con ello, la anulación de matrícula no puede suponer que desaparezca la evaluación del progreso de los estudios que, en su caso, se hubiera producido.

Todo ello hace necesario concretar en el artículo 8.5. que la anulación de matrícula se podrá hacer en el primer año de matrícula y siempre antes de haber recibido la primera evaluación.

Por último, y de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de gestión de las enseñanzas oficiales de Doctorado publicado en el BOPV el 7 de junio de 2024, “Se faculta a la Comisión de Posgrado, para que dicte normas complementarias que desarrollen este reglamento.”

En vista de todo ello, este órgano,

ACUERDA

Primero. - APROBAR la norma complementaria de desarrollo del artículo 8.5.  con el siguiente literal, del texto subrayado:

Artículo 8.– Procedimiento de matrícula.

(…) 5.– Anulación y modificación de matrícula, ante la Escuela de Doctorado.

La persona doctoranda podrá anular la matrícula en cualquier momento del primer curso y siempre antes de haber sido evaluada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17. Esta anu­lación afecta a la totalidad de la matrícula y no supone la devolución de los precios públicos abonados por la persona interesada, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo. (…)”

Segundo. - INFORMAR a la Escuela de Doctorado y a las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado de la UPV/EHU sobre el presente Acuerdo, teniendo en cuenta que la norma complementaria aprobada resultará de aplicación a partir del presente curso 2024/2025.

En Bilbao, a 10 de febrero de 2025.

Presidenta

Ainhoa Berasaluze Correa

Vicerrectora de Posgrado y Aprendizaje Permanente

Secretaria

Amaia Landera López

Jefa del Servicio de Posgrado