Administrazioa modernizatzeko batzorde exekutiboa

COMISIÓN EJECUTIVA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

1.– La Comisión Ejecutiva de Modernización Administrativa se encarga de dirigir las acciones que se desarrollen en este ámbito así como de la supervisión de las mismas.

Composición

2.– Se compone de los siguientes miembros:

  • El/la Secretario/a General que la preside.
  • El/la Responsable de Coordinación de la Secretaría General.
  • El/la Responsable de Innovación y Modernización de la Secretaría General.
  • El/la Vicegerente de TICs.
  • El/la Responsable de Seguridad en la Información.
  • El/la Asesor/a del Área de Normativa y Procesos.
  • El/la Directora/a del Servicio de Calidad.

Actuará como Secretario/a del Comité el /la Jefe/a de Secretaría General con voz pero sin voto.

3.– Funciones:

  • Desarrollar los planes de modernización administrativa, atendiendo a los criterios y priorizaciones establecidas por la Comisión Estratégica de Modernización Administrativa.
  • Elevar al Consejo de Gobierno, para su aprobación, las normativas y proyectos que procedan en su ámbito.
  • Plantear convenios y acuerdos de colaboración con otras universidades, instituciones y empresas.
  • Velar por el debido cumplimiento de las exigencias legales en todos aquellos ámbitos relacionados con la administración electrónica y el acceso electrónico a los servicios universitarios, la firma electrónica, la gestión administrativa y documental, la protección de datos, la transparencia y la interoperabilidad, la seguridad de la información y archivo de documentos.
  • Acordar las líneas específicas de acción necesarias para mejorar y modernizar la actividad de la UPV/EHU en los ámbitos citados.
  • Hacer el seguimiento de las actuaciones contempladas en los planes de modernización administrativa y administración electrónica determinando las medidas necesarias para corregir las desviaciones.
  •  Crear grupos temporales de trabajo o en su caso comités, adicionales a los permanentes, que considere oportunos.
  •  Proponer al/a la Secretario/a General el nombramiento de los miembros temporales de los grupos de trabajo o de los comités que cree.
  •  Coordinar las tareas de los de los grupos y comités, de cara a optimizar la actividad de cada uno y los resultados en conjunto.
  •  Revisar y aprobar los procesos y procedimientos operativos que se determinen en cualquiera de los ámbitos contemplados.
  •  Supervisar la evolución de la carta de servicios de la UPV/EHU con el fin de que sea coherente con el desarrollo de la administración electrónica y los procesos y procedimientos definidos.
  •  Integrar las cartas de servicios de las áreas implicadas con los planes de modernización.
  •  Dictaminar sobre la clasificación de la documentación de la UPV/EHU así como sobre su archivado y ciclo de vida.
  •  Velar por el cumplimiento de las directrices establecidas en todo lo relacionado con la modernización administrativa.
  •  Estudiar las problemáticas e incidencias relevantes que se vayan produciendo en la implantación del plan de modernización administrativa, de cara a proponer mejoras.
  •  Promover la mejora continua de la administración universitaria, definiendo las acciones específicas a llevar a cabo para su optimización, haciendo seguimiento de los indicadores asociados.
  •  Interpretar y resolver los conflictos que puedan surgir en su ámbito de actuación incluyendo los derivados del ejercicio de las funciones de los órganos y /o del personal en su mismo ámbito.
  •  Comunicar a los órganos competentes los incumplimientos de las políticas y normativas vigentes e instar, en su caso, la adopción de las medidas disciplinarias correspondientes.
  •  Divulgar todos aquellos aspectos relativos a su ámbito de actuación y difundir entre la comunidad universitaria los conocimientos asociados.
  •  Cuantas otras le sean encomendadas por los Órganos de Gobierno y, aquellas que en su ámbito no estén atribuidas a otros órganos, así como en su caso, las de las Comisiones y Comités suprimidos por esta normativa y que no corresponda a otros niveles contemplados en la misma.

4.– La Comisión se reunirá cuantas veces disponga su Presidente. Además de sus miembros en las sesiones podrán participar como invitados las personas que el Presidente convoque.