Convocatorias

Respuesta a preguntas frecuentes

Respuesta a preguntas frecuentes sobre poder participar en el concurso

1.- Si el personal funcionario que ha obtenido plaza en la última OPE y se encuentra en excedencia por prestar servicios en el sector público puede participar en el concurso de traslados.

No, ya que no han pasado 2 años desde la toma de posesión del destino adjudicado en el proceso correspondiente.

Art. 71.5 LEPV.

“5. Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo y se considerarán, a todos los efectos, como obtenidos por el sistema al que estuviera reservada su provisión.

El personal funcionario de nuevo ingreso, por superación de un proceso selectivo o como consecuencia de un proceso de funcionarización, no podrá tomar parte en los concursos de traslados que se convoquen dentro de los dos años siguientes a la fecha de toma de posesión del destino adjudicado en el proceso correspondiente.”

2.- Si el personal funcionario que ha obtenido plaza en la última OPE y se encuentra en adscripción provisional puede participar en el concurso de traslados.

Dicho personal deberá tomar parte obligatoriamente en el proceso

DECRETO 190/2004, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas, art 10.5.

“El personal funcionario con destino provisional vendrá obligado, en tanto permanezca en dicha situación, a participar en los concursos que se convoquen para la provisión de puestos propios de su cuerpo y escala”

3.- Si el personal que se presentó a la promoción interna en la OPE puede participar en el concurso de traslados

Únicamente si en la promoción han obtenido el puesto que venían desempeñando durante un periodo superior a 2 años.

Art 45.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

“Los funcionarios deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de aquélla, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el de supresión de puestos de trabajo.

A los funcionarios que accedan a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban se les computará el tiempo de servicios prestado en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia a efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior.

4.- Si el personal que obtiene un puesto en el concurso de traslados puede presentarse a la promoción interna.

Sí, si a la fecha de finalización del plazo para presentación de instancias lleva 2 años de servicios en el grupo y escala de procedencia.

Art. 91.3b) LEPV

3. Para participar en las pruebas de promoción interna, el personal funcionario de carrera o el personal laboral fijo deberá reunir todos los requisitos siguientes: (…)

b) Haber completado dos años de servicios en el cuerpo, escala, agrupación profesional sin requisito de titulación o grupo profesional de procedencia, como personal funcionario de carrera o laboral fijo.”

5.-Si el personal que obtiene un puesto en el concurso de traslados debe ocuparlo de forma efectiva.

Si, debe ocuparlo.

Acuerdo del 26 de septiembre de 2025 sobre los criterios mínimos que han de regir el concurso de traslados del personal funcionario de carrera de la UPV/EHU, la provisión de vacantes del personal laboral fijo de la UPV/EHU y las convocatorias de los procesos de ingreso de las OPES 2023/2024, apartado II A.3 sobre la ejecución final del proceso.

“El cambio efectivo del personal en sus puestos se realizará en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de finalización del concurso de traslados, pudiendo ser escalonada y por Escalas”.


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