Procedimiento para la obtención del certificado de exención de acreditación del título de nivel C1 de euskera
Requisitos
La persona solicitante deberá cumplir los dos requisitos establecidos en el Decreto 47/2012, de 3 de abril:
- Estar en posesión del título universitario oficial a partir del 16 de abril de 2008.
- Que los créditos que se detallan en los anexos I y II del Decreto 47/2012, de 3 de abril, hayan sido realizados en euskera.
El DECRETO 28/2019, de 26 de febrero, modificando el decreto de 2012, estableció los siguientes estudios en euskera como requisito para la exención:
ANEXO I AL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 47/2012 DE 3 DE ABRIL
| Estudios en euskera | Requisito adicional | Créditos específicos de formación lingüística en euskera | Exención de acreditación de los niveles equivalentes a |
|---|---|---|---|
| 48 ECTS | Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Master Oficial en euskera | 12 ECTS | C1 |
| 84 ECTS | 12 ECTS | C1 | |
| 114 ECTS | 6 ECTS | C1 | |
| 144 ECTS | C1 | ||
| Título de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera) | C2 | ||
| Grado en Estudios Vascos o Grado en Filología Vasca | C2 | ||
| Grado en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua A | C2 | ||
| Grado en Lengua y Cultura Vasca | C2 |
Nota 1: los créditos ECTS requeridos podrán obtenerse de una única titulación de grado o de la suma de los créditos correspondientes a una única titulación de Grado y a una única titulación de Master Oficial.
Nota 2: en los casos en los que la realización en euskera del Trabajo Fin de Grado o del Trabajo Fin de Master no sea requisito adicional, los créditos correspondientes al mismo tendrán un valor doble a la hora de su cómputo para el logro del total de los créditos ECTS de la primera columna".
Cuándo y cómo se certificará
Si al finalizar los estudios universitarios se cumplen los requisitos del decreto, la Certificación Académica Personal regogerá expresamente en un párrafo de la última página que el documento exime a la alumna o alumno de presentar el título de nivel C1 de euskera. Ese párrafo es el certificado de la EHU.
La Universidad del País Vasco comunica periódicamente al Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera del Gobierno Vasco las relaciones de titulados o graduados de la EHU exentos de presentar el nivel C1. El Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera del Gobierno Vasco es un servicio público gratuito creado a iniciativa de la Viceconsejería de Política Lingüística, del que el interesado o interesada podrá obtener el certificado con su DNI digital o tarjeta Izenpe.
Nota
Si cumpliendo los requisitos del Decreto del Gobierno Vasco, la Certificación Académica Personal no incluye en su última página ningún párrafo de excepción, en ese caso se deben enviar por correo electrónico a la dirección euskara-plangintza@ehu.eus los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud (pdf).
- Copia de la Certificación Académica Personal (pdf)
- Fotocopia del DNI (pdf)
Una vez examinado la Certificación Académica Personal y comprobado el cumplimiento de los requisitos, el Vicerrectorado de Euskera y Planificación Lingüística remitirá al Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera la información de la/del solicitante para que quede registrada la excepción de su caso, donde podrá imprimir el certificado de excepción del Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera.
Normativa
- (Abre una nueva ventana)DECRETO 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera (pdf ,250,12 Kb)
- (Abre una nueva ventana)DECRETO 28/2019, de 26 de febrero, de modificación del Decreto de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera (pdf ,265,05 Kb)
- (Abre una nueva ventana)Formulario de solicitud (pdf ,118,42 Kb)