Normativa de Gestión: Ingreso primer ciclo

Normativa de gestión para las enseñanzas de grado para el curso 2023-24

Capítulo I. Ingreso en la Universidad

Artículo 1. Procedimiento de admisión

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, el R.D. 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, así como el R.D. 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, y el R.D.Ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013 y la Orden PCM/63/2023, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso 2022-2023, el procedimiento para el acceso y la admisión a los estudios universitarios oficiales de Grado en la UPV/EHU en el curso académico 2023-2024 ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad en su sesión de 23 de Febrero de 2023.

Artículo 2. Reserva de plazas

Se establecen los siguientes cupos de plazas destinadas a los colectivos que se indican:

a) Para estudiantado con titulación universitaria, 2% de plazas.

b) Para estudiantado con discapacidad igual o superior al 33% y estudiantado con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a situaciones personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan necesitado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa, 5% de plazas.

c) Para estudiantado reconocido como deportista de alto nivel o alto rendimiento, 3% de plazas (un 5% adicional para el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y el Grado en Fisioterapia).

d) Para acceso a la universidad para mayores de 25 años, 2% de plazas.

e) Para acceso a la universidad para mayores de 45 años, 1% de plazas.

f) Para acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, 1% de plazas.

Artículo 3.

1. El estudiantado que desee solicitar el ingreso en la UPV/EHU deberá realizarlo por alguna de las siguientes modalidades:

a) Bachillerato con prueba de acceso o Evaluación para el Acceso a la Universidad (EAU) en la UPV/EHU.

b) Bachillerato con prueba de acceso o EAU en otra universidad distinta de la UPV/EHU.

c) Títulos de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas o diseño, técnico deportivo superior, o equivalente.

d) Título de Bachillerato Europeo o con el diploma de Bachillerato Internacional.

e) Estudios de Estados de la Unión Europea o de estados no miembros de la Unión Europea con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, siempre que cumplan los requisitos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades.

f) Prueba de acceso para Mayores de 25 años. Tendrán acceso preferente quienes la hayan realizado en la UPV/EHU, seguidos de quienes la hayan realizado en otra universidad pública. Las solicitudes de estudiantes con pruebas superadas en universidades no públicas se estudiarán de forma individual.

g) Prueba de acceso para Mayores de 45 años realizada en la UPV/EHU.

h) Acreditación de experiencia laboral o profesional.

i) Titulación universitaria.

j) Sistemas educativos de estados de la Unión Europea que no cumplen requisitos de acceso en sus sistemas educativos y de estados no miembros de la Unión Europea con el título de bachiller homologado al sistema español. Dentro de esta modalidad se permitirá realizar la EAU en la UPV/EHU.

2.-La solicitud de ingreso requiere la siguiente documentación:

a) Resguardo de la solicitud de ingreso (preinscripción) realizada a través de la página web de la UPV/EHU.

b) Fotocopia del D.N.I. o pasaporte.

c) Fotocopia compulsada o con CSV de: tarjeta de la prueba de acceso a la universidad, certificación académica de los estudios de Formación Profesional con indicación de convocatoria y nota final de estudios, certificación académica de los estudios universitarios realizados (excepto para el estudiantado con titulación realizada en la UPV/EHU con posterioridad a 1990), acreditación expedida por la UNED o cualquier otra documentación que acredite la posibilidad de acceder a la universidad.

d) Para el estudiantado que opta a las plazas reservadas a personas con discapacidad o con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a situaciones personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan necesitado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa y deportistas de alto nivel o alto rendimiento, documento o documentos expedidos por la administración competente que acredite tal situación.

e) Para el estudiantado que opta a las plazas de los grados que exigen para acceder un nivel B2 de un idioma concreto, documento expedido por la entidad competente que acredite el nivel.

 

Plazos, lugares de presentación y número de opciones

Artículo 4.

Las solicitudes de ingreso se realizarán exclusivamente por vía telemática a través de la página web de la UPV/EHU en un único plazo del 16 al 30 de junio de 2023 ambos inclusive, para todas las vías de acceso y convocatorias a los estudios de grado.

La documentación recogida en el artículo 3.2 deberá aportarse, dentro del plazo establecido en el apartado anterior, de forma telemática cuando se realice la preinscripción si se trata de documentos con CSV, o por correo certificado dirigido al Negociado de Acceso, Apartado de correos 1.397, 48080-Bilbao.

Las solicitudes realizadas tendrán la consideración de provisionales hasta que la documentación señalada en el artículo 3.2 sea recibida y comprobada en la UPV/EHU.

Las estudiantes y los estudiantes que, por ser de convocatoria extraordinaria de prueba de acceso o formación profesional, no cumplan los requisitos académicos en el plazo de preinscripción remitirán la documentación cuando dispongan de ella y serán incluidos en el siguiente listado de admisión con los derechos que les corresponda.

No se permitirá el ingreso a personas con titulación universitaria a los estudios de grado que sustituyan a los estudios ya finalizados cuando éstos sean de igual o superior nivel académico a los que se pretende acceder. Tampoco se permitirá el ingreso a un doble grado a personas con titulación universitaria de una de las dos titulaciones que configuran ese grado doble.

El estudiantado incluido en el apartado j) del artículo 3.1 que no hubiere superado las pruebas de acceso a la universidad en los términos del artículo 13 del real decreto 1892/2008, presentará su solicitud en plazo, pero no participará en el proceso de admisión hasta que el estudiantado con prueba y en plazo haya finalizado su admisión.

En caso de que se quiera aportar nuevos estudios o alguna modificación en las calificaciones, se deberá enviar al Negociado de Acceso la nueva documentación compulsada o con CSV, siempre dentro del plazo establecido al inicio de este artículo.

Artículo 5.

La Universidad podrá exigir la documentación complementaria que juzgue necesario para la resolución de las solicitudes presentadas.

Artículo 6.

El estudiantado puede solicitar hasta ocho opciones de estudios diferentes en los que desee matricularse en una única preinscripción. Una vez iniciado el procedimiento de admisión en ningún caso se admitirán modificaciones o ampliaciones de la solicitud de plaza presentada, respetándose en todo momento el orden de la prioridad establecida en la misma por la persona interesada.

Estudiantes con estudios universitarios iniciados

Artículo 7.

El estudiantado que posee estudios universitarios iniciados debe tramitar la solicitud de ingreso, de acuerdo con el procedimiento que se indica, según le corresponda:

a) Estudiantes que hayan iniciado estudios universitarios oficiales y que deseen continuar los mismos o bien iniciar otros estudios universitarios oficiales (traslados).

1.- Este colectivo puede realizar nueva preinscripción en los plazos y fechas establecidos para el procedimiento general y tendrá la misma consideración que el conjunto de estudiantes de nuevo ingreso, es decir, se tendrá en cuenta su calificación de prueba de acceso o equivalente. Para ello, deberán presentar la correspondiente solicitud de admisión (preinscripción), de acuerdo con los plazos expresados en el artículo 4.

2.- Asimismo, las personas con estudios universitarios parciales que deseen ser admitidas en la UPV/EHU, y provengan de otra universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles, o de otros estudios de la UPV/EHU, podrán solicitar el traslado directamente en la secretaría del centro entre el 19 de junio y el 30 de junio de 2023. Estas solicitudes serán resueltas en las direcciones o decanatos de los centros, por delegación de la rectora de la universidad, de acuerdo con los criterios siguientes:

2.1.- Tener íntegramente superado en origen el primer curso o 60 créditos, en el caso de estudios con limitación de plazas y en el que se hubieran asignado todas las plazas en el procedimiento ordinario.

2.2.- Cumplir la Normativa de Permanencia.

2.3.- La dirección del centro podrá aceptar un número de traslados que no sea incompatible con la limitación de acceso a primer curso en esta titulación ni con la capacidad docente, según criterios objetivos aprobados por la Comisión de Ordenación Académica del centro y hechos públicos por medio de su página web con antelación a los plazos de solicitud de admisión. El centro podrá tener en consideración, de así acordarlo y hacerlo público previamente, otras circunstancias especiales alegadas y justificadas por la/el estudiante y que afecten directamente a su situación académica.

3.- La adjudicación de plaza en cualquiera de estos casos dará lugar al traslado del expediente académico correspondiente, el cual deberá ser tramitado por el centro o universidad de procedencia, una vez que la persona interesada acredite haber sido admitido en la UPV/EHU.

Tratándose de un traslado dentro de la UPV/EHU y a unos mismos estudios, las convocatorias consumidas previamente serán trasladadas al nuevo expediente, aunque en todo caso, a las personas trasladadas admitidas, se les garantizará al menos dos convocatorias.

Los centros que impartan un mismo grado podrán establecer la reserva de un número de plazas para las solicitudes de admisión por traslado del estudiantado que desee cursar una mención que no exista en su centro de origen. Para ello se requerirá el acuerdo de junta de los centros implicados, en el que se establezca el número de plazas y las condiciones de traslado, debiendo publicarse dicha información en la web de los centros antes del comienzo del plazo para presentar la solicitud de admisión por traslado.

b) Estudiantes con estudios universitarios iniciados en el extranjero.

Este colectivo, siempre que se les reconozca un mínimo de 30 créditos convalidables/reconocibles de primer curso, solicitará la admisión acompañada de la documentación correspondiente establecida en la normativa específica, entre el 19 de junio y el 30 de junio de 2023 en la secretaría del centro donde desee matricularse, cuyo decano, decana, director o directora resolverá por delegación de la rectora. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 30 del real decreto 412/2014, la dirección del centro podrá aceptar un número de plazas que no sea incompatible con la limitación de acceso a primer curso en esta titulación ni con la capacidad docente o el calendario de implantación de la titulación, y en aplicación de los criterios objetivos aprobados por la Comisión de Ordenación Académica del centro y hechos públicos por medio de su página web con antelación a los plazos de solicitud de admisión, que entre otros posibles aspectos deberán tener en cuenta el expediente universitario.

Dicho colectivo de estudiantes realizará esta solicitud de traslado sin perjuicio de la posibilidad de participar en el proceso de preinscripción de acuerdo con alguna de las modalidades descritas en el artículo 3.

c) Estudiantes que desean continuar unos estudios ya iniciados.

En el supuesto del estudiantado que abandonó unos estudios para trasladarse a otra universidad o a otro centro de la UPV/EHU, y posteriormente desee retomarlos, presentará la solicitud directamente en la secretaría del centro entre 19 de junio y el 30 de junio de 2023 para que sea resuelta desde los decanatos o las direcciones de los centros..

d) Deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

Las solicitudes de traslado de expediente de este colectivo que se vean obligados a cambiar de residencia por motivos deportivos, y a fin de que puedan continuar su formación en su nuevo lugar de residencia, se presentarán entre el 19 de junio y el 30 de junio de 2023 en la secretaría del centro donde deseen matricularse, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 10 del artículo 9 del Real decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, serán valoradas con prioridad para la adjudicación de las plazas disponibles en los estudios correspondientes. Fuera del plazo establecido, únicamente podrán admitirse estos traslados cuando hubiesen quedado plazas vacantes sin asignar.

De las admisiones que se acuerden en relación a los supuestos contenidos en los apartados a) y b) se informará por parte del centro correspondiente al Vicerrectorado de Grado e Innovación Educativa.

El estudiantado admitido por alguna de estas vías (a, b, c ó d) realizará su matrícula en la secretaría del centro donde vaya a cursar estudios en la fecha indicada en la resolución de admisión, en su caso. De no especificarse ninguna, se realizará en los plazos establecidos en el artículo 28.

Solicitud de ingreso, adjudicación de plazas y matrícula.

Artículo 8.

El colectivo de estudiantes de la EAU para estudiantado de bachiller o que hubiera terminado un Ciclo Formativo de Grado Superior en el curso 2022-2023 del distrito vasco, debe realizar la solicitud de ingreso en las siguientes fechas y lugares:

a) El colectivo de estudiantes que supere la EAU o un Ciclo Formativo de Grado Superior en la convocatoria ordinaria (junio 2023), del 16 de junio al 30 de junio de 2023 ambos inclusive, a través de la página web de acceso a la Universidad (www.ehu.eus ).

b) El colectivo de estudiantes que supere la EAU o un Ciclo Formativo de Grado Superior en la convocatoria extraordinaria (julio 2023), del 16 de junio al 30 de junio de 2023 ambos inclusive, directamente a través de la página web de acceso a la universidad ( www.ehu.eus ).

Es imprescindible realizar la solicitud definitiva y disponer del resguardo de la misma. En caso de no disponer del resguardo de la solicitud de ingreso (preinscripción), la misma se anulará y será apartada del procedimiento de ingreso en la UPV/EHU.

Artículo 9.

La adjudicación de plazas se realizará de acuerdo con las prioridades señaladas en el R.D. 412/2014, respetando las preferencias señaladas la persona interesada y teniendo en cuenta las siguientes actuaciones:

a) Las plazas de algunos cupos de reserva, serán asignadas a priori al colectivo general, incrementándolo, salvo en aquellas titulaciones en las que estas plazas se cubren según los datos de cursos anteriores. Si existieran solicitudes de esos colectivos, se admitirían hasta el porcentaje que les corresponda.

b) Se incrementará el límite de plazas autorizado en un número equivalente a las matrículas anuladas antes del 31 de octubre en el curso anterior. Este incremento de plazas será acordado con los centros afectados y se cubrirán por riguroso orden de prioridad por estudiantes del colectivo general.

Artículo 10.

1.- La ordenación general del estudiantado a los efectos de admisión en el grado se efectuará con tres decimales en la nota media, a partir del criterio de valoración que le corresponda.

2.- La nota media del expediente universitario, cuando se acredite estar en posesión de titulación universitaria, se calculará de acuerdo con lo establecido en el R.D. 1125/2003. Cuando de la certificación académica aportada no se pueda deducir una nota media, se calculará de la siguiente manera:

A fin de homogeneizar las calificaciones de acceso, la valoración numérica única de las calificaciones cualitativas, cuando no exista calificación cuantitativa, se expresa en la siguiente equivalencia: Convalidada: 5,5 (en asignaturas sin calificación); Aprobada: 5,5; Notable: 7,5; Sobresaliente: 9; Matrícula de Honor: 10.

En los planes de estudio no estructurados en créditos, el cálculo de la nota media se efectuará siguiendo el criterio siguiente: Suma de las asignaturas superadas multiplicando cada una de ellas por el valor de la calificación que corresponda a partir de la equivalencia anterior. El resultado se dividirá por el número total de asignaturas de la enseñanza correspondiente. En el caso de asignaturas cuatrimestrales o semestrales se contabilizará la mitad del valor de la calificación en la suma y la mitad de la asignatura en el divisor. El proyecto fin de carrera se valorará como una asignatura de carácter anual.

En los expedientes configurados por créditos, el cálculo de la nota media se efectuará de la siguiente manera: suma de los créditos superados multiplicados cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda de acuerdo con la equivalencia anterior y dividida por el número de créditos totales superados de la enseñanza correspondiente.

A los efectos del cálculo de la nota media no se tendrá en cuenta el reconocimiento de créditos en que no exista calificación.

Artículo 11.

La admisión para realizar la matrícula se publicará en la web de la Universidad, (www.ehu.eus ) en las siguientes fechas:

  • 1ª Admisión: 14 de julio
  • 2ª Admisión: 21 de julio
  • 3ª Admisión: 26 de julio
  • 4ª Admisión: 28 de julio (En esta admisión se incluirá el alumnado de la convocatoria extraordinaria de la EAU y ciclos formativos)
  • 5ª Admisión: 6 de septiembre
  • 6ª Admisión: 8 de septiembre

La Universidad, según como se desarrolle el proceso de admisión, podrá sacar listados adicionales de admisión que se anunciarán con tiempo suficiente.

En aquellos grados que no hayan cubierto sus plazas y no tengan lista de espera tras la última admisión, se admitirán preinscripciones fuera de plazo hasta el 29 de septiembre de 2023, siempre dentro de la oferta de plazas establecida.

En aquellos grados en que se cubren las plazas pero que aún tienen listas de espera, el proceso de admisión se dará por finalizado definitivamente el 13 de octubre de 2023, y a partir de dicha fecha no se admitirá ninguna variación en la admisión a los grados universitarios

Artículo 12.

La notificación oficial de la admisión de matrícula en la UPV/EHU será la publicación en la página web de la Universidad.

Artículo 13.

1.- La matrícula deberá ser realizada por la persona admitida, durante las fechas señaladas en el artículo 26 y aportando la documentación que se indica en el artículo 29. La matrícula se realizará en forma de automatrícula a través de internet o acudiendo al centro de la universidad donde se imparte la titulación.

2.- Cuando la persona interesada no realice la matrícula en el turno que le corresponda, se entenderá que renuncia a su derecho a matricularse y perderá su plaza en los estudios adjudicados; si posteriormente manifiesta su deseo de matricularse en la UPV/EHU sólo podrá matricularse en el caso de que en una siguiente ordenación pueda acceder a una plaza vacante en alguno de los estudios.

Solicitud de acceso por más de un colectivo

Artículo 14.

1.- De acuerdo con la normativa vigente, el conjunto de estudiantes que reúna los requisitos para solicitar la admisión por más de una vía de acceso deberá hacer uso de dicha posibilidad en el momento de realizar la solicitud de ingreso.

2.- Aunque se solicite la admisión por más de una vía de acceso, la solicitud será única.

Criterios para la resolución de recursos sobre el procedimiento general de admisión.

Artículo 15.

Los recursos que puedan presentarse contra los procesos de admisión realizados, se resolverán por el Vicerrectorado de Grado e Innovación Educativa, de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Se atenderán favorablemente las peticiones de estudiantes que soliciten estudios, incluidos o no en su preinscripción, siempre que existan plazas no asignadas.

b) Serán desestimadas las peticiones en las que, a pesar de tener una nota superior a la de la última persona admitida se solicite una titulación donde todas las plazas ya han sido asignadas.

Prueba especial para el acceso al Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

Artículo 16.

1.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 412/2014, se establecen prueba especial como requisito previo para acceder al Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

2.- La superación de esta prueba no supone la aceptación en el grado, dado que el estudiantado declarado como apto debe someterse a los procedimientos generales de preinscripción, selección y admisión, establecidos en el presente capítulo.

3.- El estudiantado que supere la prueba y, por cualquier circunstancia, no llegue a hacer efectiva la matrícula, deberá repetir la prueba si decide optar a matricularse en cursos posteriores. Asimismo, quienes hayan aprobado la prueba en cualquier otra universidad deberán en cualquier caso realizarla en la UPV/EHU.

4.- Se delega en el decano o decana de la Facultad de Educación y Deporte para que organice y desarrolle la citada prueba y nombre el tribunal calificador, en coordinación con el Vicerrectorado de Grado e Innovación Educativa.

5.-La inscripción para esta prueba se realizará del 27 de marzo al 3 de abril de 2023.

 

Extracto de la Normativa de Gestión para las enseñanzas de grado aprobada por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU el 23 de febrero de 2023 y publicada en el BOPV el 10 de marzo de 2023