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Trámites y solicitudes

Convocatoria excepcional (de gracia)

Las solicitudes de convocatoria excepcional se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. En los estudios de grado se concederán, como máximo, dos convocatorias excepcionales por plan de estudios y estudiante.
  2. En los estudios de grado podrá concederse una convocatoria excepcional para asignaturas correspondientes a los cursos 1º y 2º cuando el/la estudiante tenga pendientes de superar, como máximo, 30 créditos de los correspondientes a esos cursos. Para la concesión de una convocatoria excepcional para asignaturas correspondientes a los cursos 3º y 4º el/la estudiante deberá tener como máximo 60 créditos pendientes para finalizar el grado. En casos excepcionales, valorados por la vicerrectora o vicerrector de  Grado e Innovación Educativa, se podrán acumular las dos convocatorias excepcionales en la misma mitad de los estudios de grado.
  3. La vicerrectora o el vicerrector de Grado e Innovación Educativa, por delegación del rector o rectora de la UPV/EHU, podrá conceder una convocatoria excepcional, valorando el expediente académico y otras circunstancias del estudiante o de la estudiante, debidamente justificadas cuando no se ajusten a los apartados anteriores.
  4. Cada estudiante podrá elegir la convocatoria en que hará uso de la convocatoria excepcional, comunicándolo a la secretaría del centro al realizar la matrícula.