Consejo Permanente

Consejo Permanente

Constituyen el Consejo Permanente de la Escuela de Doctorado las siguientes personas del Comité de Dirección:

  • Directora de la Escuela de Doctorado, que ejerce la Presidencia.
  • Secretaria Académica de la Escuela de Doctorado, que ejerce la Secretaría de dicho órgano.
  • Subdirectoras de la Escuela de Doctorado.
  • Jefa de Administración.

Además, forman parte del Consejo Permanente en representación del colectivo del que forman parte dentro del Comité de Dirección las siguientes personas, elegidas por y entre las y los respectivos representantes en el Comité de Dirección:

  • Once (11) representantes de las personas que coordinan los Másteres y Doctorados de la Escuela de Doctorado con la siguiente distribución: 1 de másteres de la Red Latinoamerica y 10 de programas de doctorado, dos por cada rama de conocimiento.
    • Colectivo de Responsables de Doctorado:
      • Rama Ciencias: Francisco Javier Gutiérrez García y Alberto Oleaga Páramo
      • Rama Ingeniería y Arquitectura: Pablo Eguía López y Jesús María Requies Martínez
      • Rama Ciencias de la Salud: Ramón José Barrio Díez-Caballero y Aitana Lertxundi Manterola
      • Rama Ciencias Sociales y Jurídicas: Javier Bilbao Ubillos y Amaia Maseda García
      • Rama Artes y Humanidades: Carlos García Castillero y Elena Torregaray Pagola
    • Colectivo de Responsables de Másteres de la Red Latinoamericana: Jose Ignacio Galparsoro Ruiz
  • Dos (2) representantes del alumnado de máster y de los y las doctorandas de la Escuela de Doctorado
    • Maialen Vázquez Polo
    • Gorka Zubia Garea
  • Una persona (1) representante de las entidades colaboradoras
    • Carlos Garbisu Crespo (NEIKER)
  • Una persona (1) representante del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Escuela de Doctorado
    • Amaia González González

El Consejo Permanente de la Escuela de Doctorado tiene las siguientes funciones:

  • La iniciativa de implantación y supresión de enseñanzas de doctorado, sin perjuicio de la que corresponda a otros órganos.
  • Definir y organizar las actividades de formación transversal de las y los doctorandos y regular otras actividades de interés para su formación.
  • Definir la política de colaboración con otras entidades y elaborar los convenios necesarios para su aprobación por los órganos correspondientes.
  • Resolver los conflictos que se planteen entre los distintos órganos de la Escuela de Doctorado, de acuerdo con la normativa vigente de la UPV/EHU.
  • Aprobar el informe anual de la Directora o el Director, que deberá incluir una memoria de las actividades de la Escuela de Doctorado y del Plan estratégico para el siguiente período que incluirá, a su vez, las directrices presupuestarias del mismo, y aprobar el cierre del ejercicio económico precedente.
  • Elaborar y aprobar la propuesta de reglamento de Régimen Interno y, en su caso, las modificaciones del mismo.
  • Realizar el seguimiento de las enseñanzas velando por la calidad de las mismas y establecer los procedimientos de control con el fin de garantizar la calidad de las enseñanzas, programas y tesis doctorales que se desarrollen en la Escuela de Doctorado.
  • Aprobar el código de buenas prácticas a suscribir por las y los miembros de la escuela.
  • Cuantas otras le sean atribuidas por la normativa universitaria o delegada por los órganos de gobierno de la UPV/EHU.