DOCTORADO-EVALUACION

Evaluación anual

Pasos para la evaluación anual

PLAZOS y PASOS para la evaluación anual en este link ​​​​​.

 

1.  DOCTORANDOS Y DOCTORANDAS: ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA EVALUACIÓN

Anualmente la comisión académica del programa de doctorado evaluará al o la doctoranda en base a:

Dicha documentación deberá aportarse a través del aplicativo GAUR, tal y como se indica en los manuales correspondientes.

La evaluación se realizará:

 

2. VISTO BUENO A LA EVALUACIÓN DE LAS Y LOS DIRECTORES DE TESIS

Los y las directoras de tesis:

  • Revisarán y (si lo aprueban) firmarán el plan de investigación y formación antes del cierre del plazo de envío de documentación por parte de las y los doctorandos
  • Si lo consideran oportuno, darán el visto bueno en GAUR para que la o el alumno reciba la evaluación positiva.

 

3. RESOLUCIÓN DE LA EVALUACIÓN

Las y los doctorandos podrán consultar el resultado de la evaluación en la plataforma GAUR.

El procedimiento para ver el resultado de la evaluación puede ser consultado en los manuales correspondientes.

La comisión podrá emitir una evaluación negativa, aunque el director o directora de tesis haya dado su visto bueno, en base al cumplimiento de actividades y requisitos del programa de doctorado por parte del o la doctoranda. 

Nota importante:

  • El alumnado deberá leer los informes de la comisión, donde se dan indicaciones sobre la evaluación, incluyendo actividades necesarias para evitar futuras evaluaciones negativas.
  • Las directoras y directores de tesis no tienen acceso a los resultados de evaluación en GAUR.

 

4. EVALUACIÓN NEGATIVA (RECLAMACIÓN)

La normativa de evaluación de doctorado incluye información sobre la forma en la que se puede reclamar una evaluación negativa.

Tal y como se indica en la normativa, dicha reclamación podrá realizarse:

  • en primera instancia ante la propia Comisión Académica,
  • y en segunda instancia ante la Escuela de Doctorado (DOKe).
Para realizar sendas reclamaciones se deberán utilizar los impresos oficiales disponibles en la página de normativa.

 

Permanencia en un programa de doctorado

A tenor de lo establecido en el artículo 11.7 del Real Decreto 99/2011, la evaluación anual positiva por la Comisión Académica del Programa de Doctorado, tanto del Plan de Investigación como del Documento de Actividades, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el Tutor y el Director de Tesis Doctoral dentro del aplicativo GAUR, serán requisitos indispensables para continuar en el Programa.

Una vez finalice el periodo de evaluación dispuesto para las Comisiones Académicas, y de acuerdo con el calendario de matrícula establecido por la Comisión de Posgrado, se procederá a gestionar la emisión de la segunda matrícula a todo el alumnado evaluado.

En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando o la doctoranda deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo informe del plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.